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miércoles, 26 de diciembre de 2018

➡Los 7 post más leídos de 2018 👍🏻


El año 2018 ha sido un gran año para #DiariodelMediador, no sólo estrenamos nueva imagen, sino que hemos tratado de ofrecer contenidos de gran calidad e interés para nuestro público, y creemos que lo hemos conseguidos tal como muestra el tráfico de la página. Así que para finalizar este años solo nos queda agradeceros a todos y cada uno de los que dedicáis vuestro tiempo a leernos y compartir nuestras publicaciones semana tras semana. 

Y a modo de "los mejores momentos" os recopilamos los 7 (si lo normal son ranking del top 5, pero ya nos ha costado elegir solo 7) para aquellas #almasdescarridadas que no han estado del todo atentas! 

Los 7 post de más leídos de 2018


1. Coordinador parental vs Mediador familiar La pregunta que nos hicimos resultaba obvia, ¿es lo mismo un mediador familiar que un coordinador parental?...

2. PERFIL del Mediador/a ¿Cuáles son las habilidades que debe tener un mediador/a? ¿Qué actitudes deben destacar sobre otras? ¿Cuáles son sus funciones como profesional en una mediación? Y así podríamos seguir haciéndonos preguntas hasta establecer el PERFIL DEL MEDIADOR/A...

3. Conflictos, ¿cómo se somatizan? Desde el punto de la psicología la somatización es la expresión de conflictos psicológicos a través de manifestaciones de nuestro cuerpo, pueden ser traumas o problemas emocionales que afectan a la persona y a su estado de salud...

4. El MONSTRUO del Bullying Nos hemos parado a pensar, ¿que se esconde detrás del famoso “bullying”?, ¿cómo se manifiesta? y sobretodo, lo más importante. ¿Qué enmascaran estas acciones tanto en el que las sufre cómo en el que las realiza? ...

5. ÚLTIMA HORA: Anteproyecto de ley para la obligatoriedad de la sesión informativa en Mediación Familiar Los trámites iniciados tienen como principal objetivo establecer la obligatoriedad de la sesión informativa de mediación en determinados conflictos familiares, con el fin de potenciar el uso de la mediación y garantizar que la ciudadanía conozca la mediación como método de resolución de conflictos, conozca el procedimiento y pueda valorar su uso en aquel conflicto en concreto...


6. La Mediación Policial ha venido para quedarse En los últimos meses hemos podido ver como la mediación ha ido ampliando su radio de acción, siendo el ámbito de la Mediación Policial uno de los que más proyección está alcanzando...

7. Registros AUTONÓMICOS para el Mediador/a Siguiendo la idea de aclarar muchas de las dudas que como mediadores pueden surgir, #DiariodelMediador presenta una nueva infografía sobre los diferentes registros AUTONÓMICOS a los que podemos acceder como profesionales...

Os deseamos felices fiestas, una buena entrada en el año 2019, y os esperamos para seguir dando guerra.


miércoles, 19 de diciembre de 2018

El Mediador INTERCULTURAL



Desde #DiariodelMediador queremos cerrar el año con una nueva infografía que trata de aclarar las particularidades de uno de los ámbitos más "sociales" de la mediación, la Mediación Intercultural, y en especial, el MEDIADOR/A INTERCULTURAL.

Por la experiencia que hemos acumulado en los últimos 6 años desde que se aprobó la ley en mediación, hemos podido constatar las dudas que surgen de cara al ejercicio de la profesión: dónde acudir, qué formación se solicita, dónde ejercer... y quizás una de las más comunes para aquellos profesionales cuya formación académica u orientación profesional se encuentra en el trabajo a nivel social y/o intercultural, ya que parece que la mediación únicamente va dirigida a un perfil como el del abogado.

La Mediación Intercultural podemos entenderla desde dos ópticas diferenciadas: como una herramienta para la gestión de conflictos de carácter intercultural y se requiere llegar a un acuerdo, así como un intermediario en situaciones donde se produce una dificultad de comunicación, ya que como intervención de carácter social,  también está destinada a poner de acuerdo, conciliar o reconciliar a personas, o partes enfrentadas.

Los profesionales de la Mediación Intercultural (mediador o mediadora) son una figura emergente en nuestro país. La idea de un profesional especializado en trabajar los conflictos que afectan al ámbito de la interculturalidad no es nueva, pero es quizás en los últimos años donde se ha visto un incremento de mujeres y hombres que ejercen esta profesión en distintos ámbitos: hospitales, ayuntamientos, escuelas, ONG…; especialmente en aquellas regiones con un índice mayor de población inmigrante.

Su labor se centra principalmente en acciones orientadas a la promoción de la educación, sensibilización y formación en interculturalidad, la mediación entre familia-escuela para el seguimiento y control del absentismo escolar, o la colaboración con las instituciones públicas para mejorar la participación en asuntos que inciden en la salud.


¿Qué FORMACIÓN requiere un Mediador Intercultural?

El mediador/a intercultural es un profesional que puede proceder de diferentes formaciones académicas (traducción e interpretación, psicología, trabajo social, integrador social, educación social, antropología, etc.), pero que para el ejercicio de la profesión además debe contar con una formación específica en mediación, sobre las particularidades de los conflictos que se dan en el ámbito intercultural. Aunque actualmente en España no existe la categoría profesional de mediador/a intercultural, muchos son los profesionales que por su formación y experiencia profesional se dedican plenamente a esta labor.

Aunque no es exigible poseer conocimientos otros idiomas, especialmente a  aquellos profesionales que trabajan con población hispanohablante o con españoles de etnia gitana. Sin embargo, si el profesional trabaja con otro grupos cuyo idioma materno no es el castellano, si sería importante el conocimiento de la la lengua de su cultura de origen, o de alguna lengua vehicular en su defecto para poder ejercer adecuadamente la labor. Pero el mediador intercultural no es solo un traductor/traductora/intérprete, su trabajo más allá a la hora de gestionar además situaciones conflictivas generadas por choques culturales.

Esta mediación tiene como objetivo contribuir a una mejor comunicación, una mejor relación y una integración intercultural entre personas o grupos presentes en un territorio, y pertenecientes a una o varias culturas.



¿Qué COMPETENCIAS/HABILIDADES debe poseer?

Las competencias/habilidades que debe poseer el profesional en mediación intercultural comprende: 
  • Capacidad de descentración, saber distanciarse de uno mismo, esclarecer y disipar prejuicios y estereotipos.
  • Capacidad de aproximación al marco social y cultural del otro, EMPATÍA.
  • Capacidad de negociación o mediación, es decir, ayudar a las partes  a no imponer  su postura a la otra, además de a realizar cambios y adaptaciones.
  • Tener conocimiento del lenguaje no verbal.
  • Tener manejo del lenguaje paraverbal (silencios, ritmos, solapamientos…)
  • Tener conocimientos sobre la migración y los movimientos humanos.
  • Dominar conceptos sobre participación, organización y dinamización de grupos.
  • Conocer la legislación vigente a nivel nacional en materia de inmigración, así como la de la sociedad de origen, con el fin de defensa de derechos e intereses (procedimientos de reclamación, interposición de denuncias...).
  • Habilidades de apoyo personal (relación de ayuda, escucha activa, comunicación...)
¿Debe ser ESPAÑOL O INMIGRANTE?

Depende. Los mediadores/as pueden pertenecer a la cultura con las que trabajan o a otra distinta, siempre que posean las aptitudes y competencias necesarias para desarrollar su trabajo.  Si es cierto que cuando trabajamos con algunas minorías puede ser recomendable que estos pertenezcan a una cultura diferente a la de los usuarios, mientras que en otras situaciones será más efectivo trabajar con mediadores de la misma cultura.

Lo realmente importante es que tenga una vinculación al origen cultural del colectivo con el que trabaja, que posea experiencia migratoria, y que lleve tiempo de residencia en la sociedad de acogida.

¿Deber ser MUJER u HOMBRE?

Si resulta de interés que respecto a su edad, se recomienda que sea una persona mayor de 25 años, sobretodo para evitar ciertos prejuicios sobre al falta de experiencia debido a la edad. No debemos dejar de lado que en ciertas situaciones es posible que el género del mediador o la mediadora no sea relevante. Sin embargo, en muchas otras será más recomendable trabajar con un mediador hombre o mujer en función del colectivo o etnia.

Lo importante es que sea un profesional honesto, sincero, valiente, modesto, tener una actitud cercana, comprometida y solidaria. Ser una persona próxima y accesible para saber ganarse la confianza y el respeto del otro, resultará especialmente importante si tiene interés de trabajar para la justicia en el ámbito de la Mediación Intrajudicial.

Recordar que desde #DiariodelMediador recomendamos siempre proceder a la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, que abarca TODO el territorio nacional en las especialidades reconocidas por el organismo: Mediación Civil, Mercantil y Familiar, incluida una cuarta, la Mediación General. Nos interesa no cerrarnos puertas a nivel laboral.


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lunes, 10 de diciembre de 2018

Mediación de la Comunitat Valenciana (TEXTO COMPLETO)


Desde Diario del Mediador cerramos el 2018 con una importante novedad como es la aprobación de la nueva Ley de Mediación de la Comunitat Valenciana. Además la nueva normativa amplía los campos en los que acudir a la resolución extrajudicial a conflictos en materia de familia, urbanismo, sanidad, contencioso-administrativo e incluso penal.


Finalmente los requisitos definitivos para acceder al Registro de Personas y Entidades Mediadoras de la Comunitat Valenciana son idénticos a los que marca el Registro nacional, y quedan recogidos en el artículo 19:
2. Podrán ser objeto de inscripción en este registro las personas físicas que se encuentren en pleno ejercicio de sus derechos civiles, que desarrollen total o parcialmente su actividad mediadora en el ámbito de la Comunitat Valenciana, que voluntariamente lo soliciten y cumplan los siguientes requisitos: 
a) Estar en posesión de título universitario oficial o de formación profesional superior y contar con formación específica para ejercer la mediación que reglamentariamente se determine. 
b) Suscribir un seguro o garantía equivalente que cubra la responsabilidad civil derivada de su actuación profesional



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jueves, 29 de noviembre de 2018

Caja de herramientas del Mediador III: EL SEMÁFORO


Desde Diario del Mediador continuamos con las entradas del blog: la Caja de herramientas del Mediador

Del mismo modo que un mecánico sabe cuando emplear un bruñidor de cilindros o un compresor de aros de pintones para resolver los problemas que puede presentar un motor, el mediador tiene a su disposición diferentes técnicas e instrumentos que se pueden emplear antes, durante y después del proceso de mediación para que este avance y se llegue a un final satisfactorio. A nuestro entender, un mediador tiene que montar su caja de herramientas, incluir aquellas con las que más cómodo se siente, las que mejor domina, las que puede poner en marcha sin problemas.

Esta semana presentamos la técnica del SEMÁFORO.

¿El Semáforo? ¿es una herramienta o técnica? Sí. En ocasiones el mediador puede encontrarse con situaciones en las que las partes mediadas no puedan controlar sus emociones (miedo, enfado, rechazo...), sin embargo resulta extremadamente importante ayudarles, guiarles, a cambiar ciertas reacciones para controlar la carga emocional de los implicados. Aquí entra en juego el Semáforo como herramienta para la gestión emocional aplicada a la comunicación.


¿Cómo funciona un semáforo de tráfico? Sencillo, ante una la luz verde seguimos sin problemas, una luz ambar o amarilla, nos señala que tenemos que tener cierta precaución, y al topar con la luz roja, nuestros sentidos se activan y debemos detenernos ante el peligro, pues algo similar sucede con esta herramienta. Cuando el mediador se encuentra una señal (reacción, comentario, gesto...) que considere una situación de alerta roja ya que es incongruente con el relato o el momento, debe parar y emplear la pregunta para tratar de encontrar el porque de esa señal. 

Ciertamente el estado emocional de las partes en una mediación es un tema a tener muy en cuenta ya que afecta directamente a la comunicación, y por ende, a las decisiones que se alcancen. El mediador deberá guiar a las partes para expresar sus emociones, y al mismo tiempo, tratar de ver que hay detrás de una expresión tipo:

"SIEMPRE me sentí mal"
¿siempre fue así? ¿ nunca hubo momentos de felicidad en la pareja?

"Yo sólo quería un POCO de cariño"
¿cuánto es un poco para usted? ¿qué muestras de afecto necesitaba?

Esperamos que la siguiente infografía os sea de utilidad.



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jueves, 22 de noviembre de 2018

25 Noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer


La violencia de género es una de las manifestaciones más claras de la desigualdad de relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, con el único objetivo de producir daño y conseguir el control sobre la mujer. Un tipo de violencia que se sufre por el mero hecho de ser mujer, sin importar el nivel social, educativo, cultural o económico, y que el coso sexual, la violación, el acoso laboral, etc. Además, suele contar con el agravante de ser ejercida por un hombre al que la víctima está, o ha estado ligada, por algún tipo de relación afectiva. 

En España, según las leyes nacionales, el término violencia de género se utiliza exclusivamente para la atención a mujeres víctimas de maltrato por parte de un hombre:

Ley Orgánica 1/2004 Artículo 1, de Protección Integral contra la Violencia de Género: 
“Todo acto de violencia (…) que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. (…) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.” 
Por su parte las Naciones Unidas en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de 1994, la define de la siguiente manera: 
“Todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada.”

Un fenómeno que existe en todas las partes del mundo y desde hace demasiado tiempo, cargado de impunidad, silencio, estigmatización y vergüenza que ha convertido esta violación de los derechos humanos en una pandemia prácticamente invisible, un problema privado o doméstico. 

Sin embargo, en los últimos años, ha comenzado a considerarse como un problema social, cobrando una mayor visibilidad gracias a movimientos en defensa de la las víctimas como #MeToo, #Niunamenos o #BalanceTonPorc, cuyo objetivo está muy bien definido: dar a conocer las historias de mujeres y niñas sometidas a todo tipo de maltratos y violencia. 

Por ese motivo, este año el lema mundial de Naciones Unidas es Pinta el mundo de naranja: #EscúchameTambién. 


Llegados a este punto podemos hacernos una pregunta interesante: ¿Tendría cabida la mediación en casos de violencia de género? Complicada respuesta, o no, según se mire.

Si tenemos en cuenta parte de la legislación española (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) la respuesta parece estar clara: la mediación está vetada cuando existe violencia de género, principalmente por la enorme desigualdad entre víctima y agresor de acuerdo que genera un desequilibrio de poder, y por lo tanto, anularía la esencia de la mediación.


Por otro lado, la Ley de Enjuiciamiento Civil no lo tiene tan claro y en lo relativo a las materias civiles (filiación, maternidad, paternidad, nulidad matrimonial, separación o divorcio, atribución del uso de la vivienda familiar, régimen respeto de los hijos, etc.) deja ver que la mediación familiar tendría razón de ser.


Es un tema interesante, lleno de matices y opiniones enfrentadas ya que pone en jaque los principios fundamentales de la mediación (voluntariedad, neutralidad, imparcialidad, buena fe). En cualquier caso, admitir la mediación en supuestos de violencia de género, debe implicar necesariamente asumir una serie de precauciones como son: la necesidad de que los mediadores se especialicen en este campo y estén sometidos permanentemente a un continuo reciclaje de conocimientos, realización de un mínimo de prácticas, la garantía de total seguridad para la víctima, tanto mientras dure el proceso mediador, como con carácter posterior al mismo, y la aceptación por parte de la víctima de someterse, con carácter previo a la mediación, a un proceso de empoderamiento, quedando por tanto condicionada su participación, no sólo a su consentimiento personal, sino también al informe positivo del profesional de la psicología que evalúe su estado.

¿Qué opinas al respecto?


Si el tema te interesa, Diario del Mediador te comparte varios artículos sobre el tema con opiniones muy interesantes:




Diario del Mediador te anima unirte a la campaña a través de las redes sociales con las etiquetas: #DíaNaranja, #OrangeTheWorld y #EscúchameTambién.



lunes, 19 de noviembre de 2018

Ámbitos de Mediación


Siguiendo la idea de aclarar muchas de las dudas que como mediadores pueden surgir,  #DiariodelMediador presenta una nueva infografía sobre los diferentes ámbitos de la Mediación  en los que podemos desarrollarnos como mediadores profesionales.

Por la experiencia que hemos acumulado en los últimos 6 años desde que se aprobó la ley en mediación, hemos podido constatar las dudas que surgen de cara al ejercicio de la profesión: dónde acudir, qué formación se solicita, dónde ejercer...

Claro está que el primer paso que SIEMPRE recomendamos es proceder a la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, que abarca TODO el territorio nacional en las especialidades reconocidas por el organismo: Mediación Civil, Mercantil, Familiar, General y Consumo. 



Os recomendamos pasaros por la entrada que preparamos hacer algún tiempo, que seguro os ayudará:¿CÓMO realizar la inscripción como mediador/a?

Retomando el tema, aclarar que otros ámbitos (especialidades) de Mediación encontramos legislados en nuestro país requiere diferenciar entre las categorías profesionales que reconoce el Ministerio de Justicia, y las diferentes especialidades en las que la Mediación como herramienta de resolución de conflictos tiene cabida.

Y si a nosotros nos parece un pequeño caos, entendemos que para mucho de vosotros lo es más. Así que nos hemos puesto manos a la obra y hemos hecho una diferenciación entre los ámbitos de Mediación INTRAJUDICIAL y EXTRAJUDICIAL.




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A modo de resumen, os dejamos una infografía para que pueda verse de manera más gráfica toda esta información.


No olvides mencionar a #DiariodelMediador si compartes esta información.

lunes, 12 de noviembre de 2018

RECURSOS EDUCATIVOS de Mediación parental


La última Encuesta sobre Equipamiento y Uso de las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación en los Hogares de 2017, realizada por el INE (Instituto Nacional de Estadística) revela datos significativos en cuanto al uso de las TIC por los menores (de 10 a 15 años):

El uso de ordenador entre los menores está muy extendido (92,4%), y más aún el uso de Internet (95,1%), no existiendo diferencias significativas entre sexos.

Por edades, el uso de ordenador e Internet es una práctica mayoritaria en edades anteriores a 10 años, mientras que el uso de teléfono móvil alcanza el 94,0% en la población de 15 años.

Los datos de INE no hacen más que recalcar la importancia de trabajar en la educación digital en los menores, ya que su acceso a Internet y a los dispositivos en edades tempranas, les convierte en blanco fácil de ser víctimas tanto de ciberviolencia de género (violencia de género a través de las redes sociales o el móvil), como de ciberbuying (acoso psicológico por parte de compañeros escolares) o de grooming (acoso por depredadores sexuales en la red, generalmente adultos que se hacen pasar por menores.)

¿Qué es la Mediación Parental?
La mediación parental es el proceso por el cual los responsables de la educación digital del menor, acompañan a este en su proceso de alfabetización digital, le educan para que realice un uso responsable y seguro de las nuevas tecnologías y velan para impedir que los riesgos de las TIC se materialicen y en caso de ocurrir, ofrecer soluciones.” 
Se trata de un proceso educativo que requiere la implicación de todos los agentes que están relacionados con la educación de los menores (padres/madres, tutores, educadores...) con el fin de garantizar una interacción con las TIC libre de riesgos, dado el uso convulsivo de las redes sociales, tales como YouTube, WhatsApp, Facebook, Twitter, SnapChat, Instagram...

Hablar de conflicto relacionados con las nuevas tecnologías y mediar en ellos, pone en relieve trabajar cuestiones relacionadas las habilidades de comunicación, abordar los conceptos de intimidad y privacidad en la red, y trabajar el respeto y la ética de las relaciones y la comunicación en la red. Lograr que la mediación parental se produzca de forma adecuada y eficaz, requiere afrontarla desde 3 ámbitos de trabajo con el menor:
  1. Educación digital del menor. Que corresponde a los responsables de la educación del menor, con el fin de garantizar el uso responsable y seguro de las TIC.
  2. Pautas y normas de prevención y seguridad en el uso de las TIC. Consejos  generales sobre el uso de los dispositivos para conectarse a la Red.
  3. Herramientas y recursos para la educación digital. Todo amplio abanico de recursos (guías, vídeos, juegos, webs, etc.) que  podemos emplear en la educación digital del menor.
Aquí os compartimos varios recursos para trabajar la Mediación Parental a nivel escolar, o en casa.

RECURSOS EDUCATIVOS sobre Mediación Parental


martes, 30 de octubre de 2018

ENTREVISTAS con Mediadores: Mercedes Corbella


Esta semana en Diario del Mediador abrimos una nueva sección: Entrevistas con mediadores. Esta nueva sección nace con la idea de dar voz a antiguos alumnos del Curso Superior Universitario en Mediación Civil, Mercantil y Familiarprofesionales del mundo de la docencia, derecho, psicología, medicina... que han apostado por la mediación, y gracias a la formación recibida, han podido acreditarse profesionalmente en los registros oficiales de las administraciones públicas y adentrarse en esta aventura de la mediación sobre la que apostamos y creemos firmemente.

ENTREVISTAS con Mediadores: Mercedes Corbella

Me llamo Mercedes Corbella y resido en la provincia de Barcelona. Soy ya una persona "senior". Estudié la diplomatura de Trabajo Social y después me licencié en Psicología (especialidad Organizaciones). Posteriormente realicé el Curso Superior Universitario en Mediación Civil, Mercantil y Familiar, por lo que ahora incluyo que soy mediadora.


Mi experiencia profesional la considero amplia y transversal. Trabajé muchos años en una empresa de telecomunicaciones en el área comercial-administrativa pero colaborando también como formadora de la plantilla en temas y cursos de Atención al cliente, Comunicación, Motivación y Liderazgo. 

Cuando dejé esta empresa trabajé como Técnica de Ocupación en un Servicio de atención a la Inmigración y también en dos residencias de la tercera edad, a tiempo parcial, como Trabajadora Social en la provincia de Barcelona.

Este año he colaborado en el Colegio de Psicología de Cataluña por segunda vez, en el proyecto "Atenea de Mentoring", con tres graduadas que no han superado los 5 años de estar colegiadas. He participado también en las entrevistas de selección de grupos de voluntarios para ser mentores atender a de los refugiados llegados a Cataluña, mayormente de Siria.

Pero a lo que destino más tiempo actualmente es a colaborar en distintos medios de comunicación (digitales y papel) de Barcelona-provincia y Madrid, escribiendo sobre temas divulgativos de Psicología familiar y Adolescencia, Educación, Adopción y Orientación Profesional y otros temas de interés social.

Mis últimos proyectos más inmediatos son: después de asistir en Julio al curso "Tendencias actuales en mediación y gestión de conflictos: Retos y propuestas" (UIMP) y finalizar el Curso Superior Universitario en Mediación Civil, Mercantil y Familiar, colaborar con la sección de Alternativas de Resolución de Conflictos (ARC) del Colegio de Psicología de Catalunya en algún grupo de trabajo y empezar el curso de "Formación en Coordinador de coparentalidad".

Y por supuesto continuar escribiendo artículos, ¡ah! creo que podré escribir también sobre temas de Mediación. (!Seguro que sí Mercedes!).

Una trayectoria muy interesante Mercedes, pero ahora, hablemos un poco sobre tu experiencia en mediación aplicada al ámbito escolar. ¿Qué es para ti la mediación?
Para mí la mediación tiene muchas definiciones e interpretaciones. Es cuando delante de una situación conflictiva, mediante el diálogo y la comunicación neutral, imparcial, igualitaria y la asistencia voluntaria por ambas partes, la mediación ofrece la oportunidad de resolver una situación conflictiva.
Partiendo de esta idea Mercedes, ¿qué entiendes por mediación escolar?
Uno de los ámbitos de la sociedad donde puede utilizarse la mediación es en los conflictos que se generan dentro de la comunidad educativa con la intervención de profesores, padres y alumnos. La mediación escolar implica que los alumnos aprendan desde la infancia a gestionar y resolver los conflictos, por pequeños que sean, que surgen en las interrelaciones de la comunidad escolar.

Desde tu punto de vista, ¿qué papel juega el mediador?
El mediador escolar debe ser voluntario si no es profesional. Su papel será que con los conflictos que aparezcan y que suelen ser de ámbito personal como las disputas, amenazas, malentendidos, etc., a través del dialogo y la escucha, la empatía y el respeto entre las partes implicadas, facilitar el encuentro de una solución.
¿Cuáles son los aspectos positivos que podrías destacar?
Como aspectos positivos considero importantes el diseño y proceso de implementación del programa teniendo en cuenta los siguientes aspectos: la formación de los mediadores, tanto los profesionales como de los alumnos mediadores, la difusión del programa mediante la participación de los padres y las Ampas. Y por supuesto "a posteriori" hay que hacer el seguimiento y la evaluación del programa mediante un informe anual.
¿Y los hándicaps que te has encontrado en la realidad de la práctica?
Las dificultades que nos podemos encontrar es que requiere un esfuerzo implementar correctamente un programa de mediación escolar ya que se necesitan recursos tanto económicos como humanos (equipo de coordinación, selección de los mediadores escolares, etc.).
¿Cómo ves la situación de la mediación escolar a nivel nacional? ¿y a nivel autonómico? ¿Crees que se le da suficiente proyección para que sea conocida?
Desconozco el porcentaje de implantación de la mediación escolar a nivel territorial, pero supongo que será desigual en función del tipo de escuelas (públicas, concertadas o privadas) y según de los recursos que dispongan.
Si miramos al futuro, ¿cómo ves la mediación escolar de aquí a unos años?
Por supuesto que creo que la mediación escolar tiene futuro, ya que desde hace unos años las situaciones conflictivas y violentas que se generan en la comunidad escolar van en aumento, debido a que el sistema social de nuestra sociedad occidental cada vez es más complejo y competitivo, entre otros factores a tener en cuenta.
Opino que el futuro de la mediación escolar es la prevención de los conflictos, aunque consideremos que siempre los habrá. Si podemos desarrollar "una cultura de la mediación" si encontramos nuevas vías de comunicación, diálogo y aceptación de las otras persona aunque tengan distintas formas de pensar.

Mercedes, muchas gracias por tu participación, y por compartir con nosotros tu experiencia, y seguimos adelante para crear es cultura de mediación que todos deseamos.



lunes, 22 de octubre de 2018

ÚLTIMA HORA: Anteproyecto de ley para la obligatoriedad de la sesión informativa en Mediación Familiar


Esta semana #DiariodelMediador trae una noticia realmente IMPORTANTE, una última hora que creemos puede ser el inicio de una revolución para los mediadores en España.

Como muchos sabréis, nuestro Curso Superior Universitario en Mediación Civil, Mercantil y Familiar está HOMOLOGADO por el Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, acreditación que nos permite estar al día de las novedades de mano directa del organismo.


Pues bien, esta semana nos han pedido que hagamos máxima difusión, sobre la memoria preliminar del Anteproyecto de ley de modificación del libro segundo del Código civil de Cataluña.

Y diréis, y esto que interés tiene?, pues ahí vamos:

Los trámites iniciados tienen como principal objetivo establecer la obligatoriedad de la sesión informativa de mediación en determinados conflictos familiares, con el fin de potenciar el uso de la mediación y garantizar que la ciudadanía conozca la mediación como método de resolución de conflictos, conozca el procedimiento y pueda valorar su uso en aquel conflicto en concreto.

En resumen, una sesión informativa OBLIGATORIA para DIFUNDIR la Mediación. 

A  nuestro entender es el primer paso para establecer la tan ansiada CULTURA DE MEDIACIÓN. Como ya ha sucedido con anterioridad en la materia, las normativas de las CCAA son pioneras en establecer el camino de la Mediación, y en este caso, la idea de establecer la OBLIGATORIEDAD de acudir a una sesión informativa por LEY, no por decisión o valoración del magistrado, va muy en la línea de dar a conocer la Mediación y puede suponer un primer paso para establecerlo a nivel nacional, e incluir todas las especialidades.


A tal efecto, el Departamento de Justicia de Cataluña ha abierto una consulta pública previa sobre esta propuesta de modificación legislativa para que los profesionales vinculados con la mediación (jueces y magistrados, abogados, mediadores, psicólogos, trabajadores sociales, pedagogos, etc.), así como instituciones y organismos del ámbito público o privado con vinculación con la mediación y la ciudadanía en general pueda expresar su opinión.


Los aspectos principales objeto de consulta serán los relativos a conocer la mejor manera de fomentar y alentar el recurso a la mediación. Así pues, la consulta previa permitirá:
  • Conocer propuestas efectivas para fomentar la resolución amistosa de conflictos, esencialmente familiares, dentro del marco mediación, poniendo especial énfasis en la sesión informativa previa.
    Conocer las razones por las que el mecanismo de mediación en materia de familia es aún poco utilizado.
  • Conocer las razones por las que, una vez la autoridad judicial ha derivado las partes a una sesión informativa previa voluntaria en mediación, las partes no acuden.
  • Conocer los motivos por los que no se intenta la mediación antes de recurrir a los juzgados y tribunales cuando esta vía ha sido previamente pactada por las partes.
La consulta plantea 9 preguntas muy directas:
  1. ¿Cree que la obligación de acudir a la sesión informativa previa, donde se puede conocer qué es la mediación, para qué sirve y cómo funciona, puede ayudar a alentar a las partes a resolver su conflicto de forma menos litigiosa?
  2. ¿Cómo considera que se podría fomentar la mediación? ¿Qué medidas de difusión utilizaríais? Qué consideraría más efectivas?
  3. ¿Cree que los profesionales del derecho alientan suficientemente las partes a resolver sus conflictos mediante la mediación?
  4. ¿Cree que los profesionales implicados en la resolución de conflictos en el ámbito familiar conocen y difunden de forma proactiva la mediación?
  5. ¿Considera que el hecho de que se utilice de forma más preferente acudir a juicio es provocado por los propios profesionales que asesoran las partes?
  6. ¿Cree que la resolución judicial soluciona de forma efectiva el conflictos en materia de familia? Ayuda a mantener unas buenas relaciones familiares? Cómo afecta a los menores implicados?
  7. ¿Cuáles cree que son los motivos por los que no se intenta la mediación antes de recurrir a los juzgados y tribunales cuando esta vía ha sido previamente pactada por las partes?
  8. ¿Considera adecuado que en el procedimiento de mediación en materia de familia se establezca una sesión previa informativa de carácter obligatorio para las partes? Si considera que no debe ser obligatoria, tiene soluciones alternativas? ¿Cuáles cree que serán los efectos de no presentarse a la sesión
  9. ¿Considera? adecuado el cambio de denominación del Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña por el de Centro de Mediación de Cataluña? Preferiría otra denominación?
La consulta estará abierta hasta el 31 de octubre.


Para participar primero deberéis registraros, es un proceso muy sencillo, no lleva más de dos minutos. Así que os animamos a participar desde le siguiente enlace:

No olvidéis citar a #DiariodelMediador si compates la noticia.




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