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viernes, 22 de abril de 2022

Protocolo de atención específica a mujeres gitanas víctimas de violencia de género (FAKALI)


Uno de los mayores retos al que se enfrentan los profesionales que atienden a mujeres maltratadas, es poder lograr un nivel de confianza entre ellos y la víctima que les permita poner en marcha la intervención adecuada, especialmente complicada es la situación con algunos colectivos como el de las mujeres gitanas víctimas de violencia de género, por lo que la formación especializada de los profesionales en protocolos de actuación más individualizados o ampliar conocimientos en materias como la Mediación Familiar, resultan herramientas indispensables.

A raíz de este reto, el pasado 18 de abril de 2022 se presentó a la opinión pública un protocolo de trabajo específico y dirigido a profesionales que trabajan en violencia de género, elaborado de de la mano del propio colectivo de mujeres gitanas a través de la Federación de Asociaciones de Mujeres Gitanas FAKALI, se trata del primer Protocolo para la Atención Específica de Mujeres Gitanas Víctimas de Violencia de Género, con el apoyo del  Instituto Andaluz de la Mujer. Un documento de análisis de la realidad social de las mujeres gitanas, y recomendaciones para los/as profesionales implicados, independientemente de su ámbito de actuación, en la atención a mujeres gitanas víctimas de violencia machista.

Desde #DiariodelMediador seguimos muy de cerca los logros que desde FAKALI se han ido logrando en los últimos años en pro de la educación, la familia, el empleo y la igualdad del colectivo de etnia gitana en nuestro país. Siendo una de las primeras entidades que en nuestros inicios allá por 2010, confió en nosotros como centro especializado de formación en Mediación para los profesionales de su equipo (un saludo para los alumnos formados con nosotros 🙋🏻).

Ya en 2018, gracias a la labor e intervención de FAKALI , se publicó una modificación (enmienda 221) en el proyecto de reforma de la Ley de Promoción de Igualdad de Género 12/2007, por la que se incluyó un artículo dedicado en exclusiva a las mujeres gitanas:

Artículo 48 bis. Mujeres gitanas.

1. Los poderes públicos de Andalucía promoverán el desarrollo de actuaciones específicas dirigidas a las mujeres pertenecientes a la etnia gitana, desde una perspectiva de género y un enfoque interseccional, con el fin de neutralizar los factores de riesgo de exclusión y vulnerabilidad social, y para fomentar su plena participación en el ámbito educativo y laboral, promoción de la salud y protección contra la violencia de género, así como su activa participación en la vida política, económica, social y cultural.

No es solo un material de trabajo, sino que es un gran paso que contribuye a luchar contra la Violencia de Género y a visibilizar mejor a la mujer gitana y a las circunstancias específicas que la rodean, aportando puntos de actuación para que las intervenciones sean sean más eficaces y eficientes y así garantizar la prevención, la atención personalizada, y la recuperación de las mujeres y menores que se encuentran en situación de riesgo o que son víctimas de la violencia de género, en este caso las y los gitanos...

NOTICIA COMPLETA EN FAKALI.ORG

Esperamos en breve poder compartir el documento del Protocolo para la Atención Específica de Mujeres Gitanas Víctimas de Violencia de Género, pero mientras tanto adelantamos algunos materiales muy interesantes que encontramos de la mano de las grandes entidades sociales que trabaja para el desarrollo de la comunidad gitana en España y Europa, la Fundación Secretariado Gitano (otro saludo para los alumnos de FSG que se han formado con nosotros 🙋🏻). Esperamos que os sean de interés:

Fundación Secretariado Gitano. VIOLENCIA DE GÉNERO EN LA COMUNIDAD GITANA

Fundación Secretariado Gitano. Recomendaciones de intervención con mujeres gitanas víctimas de violencia de género desde los recursos públicos de la Región de Murcia

Fundación Secretariado Gitano. Guía para la sensibilización y promoción de la igualdad de género con la comunidad gitana. Grupo adolescentes

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 No olvides mencionar a #DiarioDelMediador si compartes
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Yolanda Muñoz Pérez 
Directora de Contenidos, Redactora y Social Media en Diario del Mediador.
Coordinadora Servicio de Tutorías y Contenidos en Campus Online Universitario CEDECO.
Directora de diferentes Cursos Online Universitarios de Especialización con CEDECO y la Universidad Europea Miguel de Cervantes.
Especialista en Formación Online y Plataformas Elearning.
Licenciada en Psicología por la UAB
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lunes, 13 de mayo de 2019

Corto sobre Violencia de Género: "ℕ𝕆𝕊𝕆𝕋ℝ𝔸𝕊"

🎬Desde #𝗗𝗶𝗮𝗿𝗶𝗼𝗱𝗲𝗹𝗠𝗲𝗱𝗶𝗮𝗱𝗼𝗿 compartimos el corto "ℕ𝕆𝕊𝕆𝕋ℝ𝔸𝕊", sobre la Violencia de Género en ojos de una adolescente de 13 años. En menos de cuatro minutos es capaz de remover sentimientos y hacer llorar de emoción con sus palabras. 💪🏻👱🏻‍♀👩🏽👩🏿

El corto ha obtenido el primer premio en la categoría de menores de quince años en el concurso escolar por los Derechos Humanos, "Violencia de género hacia la mujer" 2019 de Amnistía Internacional La Rioja.

Autora 𝗠𝗮𝗿𝘁𝗮 𝗟ó𝗽𝗲𝘇 𝗕𝗮𝘀𝘁𝗶𝗱𝗮, 2º C (E.S.O). IES La Laboral (Lardero)




jueves, 22 de noviembre de 2018

25 Noviembre: Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer


La violencia de género es una de las manifestaciones más claras de la desigualdad de relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, con el único objetivo de producir daño y conseguir el control sobre la mujer. Un tipo de violencia que se sufre por el mero hecho de ser mujer, sin importar el nivel social, educativo, cultural o económico, y que el coso sexual, la violación, el acoso laboral, etc. Además, suele contar con el agravante de ser ejercida por un hombre al que la víctima está, o ha estado ligada, por algún tipo de relación afectiva. 

En España, según las leyes nacionales, el término violencia de género se utiliza exclusivamente para la atención a mujeres víctimas de maltrato por parte de un hombre:

Ley Orgánica 1/2004 Artículo 1, de Protección Integral contra la Violencia de Género: 
“Todo acto de violencia (…) que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia. (…) que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.” 
Por su parte las Naciones Unidas en la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de 1994, la define de la siguiente manera: 
“Todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada.”

Un fenómeno que existe en todas las partes del mundo y desde hace demasiado tiempo, cargado de impunidad, silencio, estigmatización y vergüenza que ha convertido esta violación de los derechos humanos en una pandemia prácticamente invisible, un problema privado o doméstico. 

Sin embargo, en los últimos años, ha comenzado a considerarse como un problema social, cobrando una mayor visibilidad gracias a movimientos en defensa de la las víctimas como #MeToo, #Niunamenos o #BalanceTonPorc, cuyo objetivo está muy bien definido: dar a conocer las historias de mujeres y niñas sometidas a todo tipo de maltratos y violencia. 

Por ese motivo, este año el lema mundial de Naciones Unidas es Pinta el mundo de naranja: #EscúchameTambién. 


Llegados a este punto podemos hacernos una pregunta interesante: ¿Tendría cabida la mediación en casos de violencia de género? Complicada respuesta, o no, según se mire.

Si tenemos en cuenta parte de la legislación española (Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género) la respuesta parece estar clara: la mediación está vetada cuando existe violencia de género, principalmente por la enorme desigualdad entre víctima y agresor de acuerdo que genera un desequilibrio de poder, y por lo tanto, anularía la esencia de la mediación.


Por otro lado, la Ley de Enjuiciamiento Civil no lo tiene tan claro y en lo relativo a las materias civiles (filiación, maternidad, paternidad, nulidad matrimonial, separación o divorcio, atribución del uso de la vivienda familiar, régimen respeto de los hijos, etc.) deja ver que la mediación familiar tendría razón de ser.


Es un tema interesante, lleno de matices y opiniones enfrentadas ya que pone en jaque los principios fundamentales de la mediación (voluntariedad, neutralidad, imparcialidad, buena fe). En cualquier caso, admitir la mediación en supuestos de violencia de género, debe implicar necesariamente asumir una serie de precauciones como son: la necesidad de que los mediadores se especialicen en este campo y estén sometidos permanentemente a un continuo reciclaje de conocimientos, realización de un mínimo de prácticas, la garantía de total seguridad para la víctima, tanto mientras dure el proceso mediador, como con carácter posterior al mismo, y la aceptación por parte de la víctima de someterse, con carácter previo a la mediación, a un proceso de empoderamiento, quedando por tanto condicionada su participación, no sólo a su consentimiento personal, sino también al informe positivo del profesional de la psicología que evalúe su estado.

¿Qué opinas al respecto?


Si el tema te interesa, Diario del Mediador te comparte varios artículos sobre el tema con opiniones muy interesantes:




Diario del Mediador te anima unirte a la campaña a través de las redes sociales con las etiquetas: #DíaNaranja, #OrangeTheWorld y #EscúchameTambién.



martes, 28 de marzo de 2017

10 formas de violencia de género digital

"Una de cada tres personas jóvenes de entre 15 y 29 años considera inevitable o aceptable situaciones de control, como controlar los horarios de sus parejas, impedir que vean a sus familias o amistades"
Y con esta frase empezamos la entrada... 1 de cada 3, personalmente me deja sin aliento que entre las adolescentes se tenga esa "errónea percepción" del amor o lo que está permitido o puede ser tolerable en una relación.

La campaña que hoy presentamos, las 10 formas de violencia de género digital, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad e impulsada por Pantallas Amigas, ha sido pensada para mostrarnos todas las caras de la violencia machista, todas esas formas de violencia sutil o tolerada que deben ser señaladas y combatidas.

Tal y como se recoge en el informe Percepción de la violencia de género en la adolescencia y la juventud del CIS,  es cada vez más frecuente que en la adolescencia se den situaciones de violencia de género.

INFORME Percepción de la violencia de género en la adolescencia y la juventud
 Percepción de la violencia de género en la adolescencia y la juventud


Por estos motivos es tan importante trabajar desde la prevención, y campañas como esta ayudan y mucho a concienciar y erradicar la violencia de género digital, tan creciente entre los adolescentes, que es aquella que se da a través del control y el abuso en las redes e Internet, porque no debemos olvidar que controlar, espiar u obligar son actos de violencia de género. 

1. Acosar o controlar a tu pareja usando el móvil

2. Interferir en relaciones de tu pareja en Internet con otras personas

3. Espiar el móvil de tu pareja

4. Censurar fotos que tu pareja publica y comparte en redes sociales

5. Controlar lo que hace tu pareja en las redes sociales

6. Exigir a tu pareja que demuestre dónde está con su geolocalización

7. Obligar a tu pareja a que te envíe imágenes íntimas

8. Comprometer a tu pareja para que te facilite sus claves personales

9. Obligar a tu pareja a que te muestre un chat con otra persona

10. Mostrar enfado por no tener siempre una respuesta inmediata online


 



La campaña incorpora el hashtag #HaySalida en Twitter, para difundir el mensaje por las redes sociales.



Por 

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