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viernes, 19 de junio de 2020

PSICÓLOGO/a y Mediador/a


Por Yolanda Muñoz Pérez (@yolandamunozperezz); especialista en Mediación y directora de contenidos de #DiarioDelMediador.

Desde #DiariodelMediador compartimos una nueva infografía que trata de aclarar a los profesionales de la Psicología, cuál es el camino a seguir para aquellos interesados en ejercer como mediadores/as. El psicólogo/a es uno de los perfiles profesionales que, a nuestro entender, más se acerca al "mediador/a ideal" gracias a las habilidades, competencias y valores que la Psicología aporta a la gestión de situaciones conflictivas, especialmente en el ámbito emocional.

Las dudas que surgen de cara al ejercicio de la profesión: dónde acudir, qué formación se solicita, dónde ejercer... son muy comunes ante una profesión que se abre camino con fuerza, ya que en un principio parecía que la mediación únicamente iba dirigida a un tipo de profesional más ligado al ámbito jurídico, sin embargo, a raíz de las normativas aprobadas en los últimos años, profesionales de la Psicología, Trabajo Social, Integración Social..., han encontrado en la Mediación un nuevo horizonte profesional.

Sin embargo, las opciones son muy variadas, siempre dependiendo de la formación de cada uno, aunque nosotros siempre les indicamos que el paso previo es realizar la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones del Ministerio de Justicia, y a partir de ahí estudiar las posibilidades profesionales.

¿Qué CAMINO debemos seguir para el ejercicio de la MEDIACIÓN? En este caso 3 son los aspectos importantes a tener en cuenta:

  • 👨🏽‍🎓👩🏼‍🎓 Contar con titulación universitaria en Psicología (Licenciado o Graduado).
  • 📄⚖️Conocer la normativa: Ley 5/2012 de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, que marca los requisitos para el ejercicio de la mediación (formación, acreditación, derechos, deberes...).
  • 👨🏽‍💼👩🏼‍💼 Acreditarse ante el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación y/o en los registros autonómicos (en el caso que existan).

¿Qué características propias del Psicólogo/a son importantes para el ejercicio de la MEDIACIÓN? 

Lo importante es que sea un profesional que cuente con ciertas habilidades y valores propios de la Psicología, así como que tenga clara su función.
  • HABILIDADES y VALORES tales como la objetividad, autoridad, experiencia, dominio de la comunicación, empatía, escucha activa, sentido del humor, capacidad para generar nuevas ideas y propuestas, y poseer conocimiento sobre la problemática a tratar. Ser una persona próxima y accesible para saber ganarse la confianza y el respeto del otro, resultará especialmente importante si tiene interés de trabajar para la justicia en el ámbito de la Mediación Intrajudicial, o en materias algo más delicadas como familia o menores.
  • FUNCIONES. Tener claro que la Mediación no es una intervención terapéutica, es un procedimiento alternativo de resolución de conflictos (ADR) que busca propiciar la solución a una situación de conflicto entre dos partes evitando la vía judicial, a través de la comunicación, lo que requiere habilidades en gestión de emociones y técnicas de comunicación.

¿Cuáles son las SALIDAS PROFESIONALES a las que el Psicólogo/a mediador/a puede acceder? 

Desde #DiariodelMediador recomendamos en primer lugar proceder a la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, que abarca TODO el territorio nacional en las especialidades reconocidas por el organismo: Mediación Civil, Mercantil y Familiar y General. Nos interesa no cerrarnos puertas a nivel laboral. Este es el primer paso para ejercer como profesional en Mediación. Una vez acreditados las opciones laborales son muy variadas:
  •  Acceso al turno de oficio de la administración pública del Ministerio de Justicia (Juzgados de familia/turnos de oficio).
  • Despachos de Abogados.
  • Ayuntamientos.
  • Empresas.
  • Puntos de Encuentro Familiar (PEF)
  • Servicios Sociales.
  • Centros Gerontológicos
  • Centros de orientación y mediación.
  • Centros educativos.
  • Centros de menores.
  • ONG's.
  • etc.
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Al respecto os facilitamos esta interesante #infografía sobre la figura del #Psicologo/ayMediador/a 👇



No olvides mencionar a #DiariodelMediador si compartes esta información.

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🙋‍♀️𝗦𝗶 𝗾𝘂𝗶𝗲𝗿𝗲𝘀 𝗙𝗢𝗥𝗠𝗔𝗥𝗧𝗘 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗠𝗘𝗗𝗜𝗔𝗗𝗢𝗥/𝗔 𝘆 𝗮𝗰𝗰𝗲𝗱𝗲𝗿 𝗮𝗹 𝗥𝗲𝗴𝗶𝘀𝘁𝗿𝗼 𝗲𝗻 𝗲𝘀𝘁𝗮 𝘆 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗿𝗲𝘀𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗘𝗦𝗣𝗘𝗖𝗜𝗔𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗𝗘𝗦, 𝗔𝗛𝗢𝗥𝗔 𝗽𝘂𝗲𝗱𝗲𝘀 𝗵𝗮𝗰𝗲𝗿𝗹𝗼 𝗰𝗼𝗻 𝗻𝗼𝘀𝗼𝘁𝗿𝗼𝘀. 𝗦𝗼𝗹𝗶𝗰𝗶𝘁𝗮 𝗜𝗡𝗙𝗢 𝘀𝗶𝗻 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗿𝗼𝗺𝗶𝘀𝗼⬇


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Yolanda Muñoz Pérez 
Directora de Contenidos, Redactora y Social Media en Diario del Mediador.
Coordinadora Servicio de Tutorías y Contenidos en Campus Online Universitario CEDECO.
Directora de diferentes Cursos Online Universitarios de Especialización con CEDECO y la Universidad Europea Miguel de Cervantes.
Especialista en Formación Online y Plataformas Elearning.
Licenciada en Psicología por la UAB
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viernes, 3 de abril de 2020

Comunicación en MEDIACIÓN: la Teoría de las 4 Orejas


Desde #DiariodelMediador rescatamos una de las entradas de mayor éxito de 2019, en la cual nuestra directora de contenidos para Diario del Mediador, Yolanda Muñoz Pérez (@yolandamunozperezz), nos hablaba de la importancia de establecer una buena  comunicación libre de malentendidos e interpretaciones subjetivas que pueden llevarnos a una situación conflictiva, es decir, de saber distinguir entre qué decimos y qué escuchamos.

No está de más, en la época de confinamiento que nos ha tocado vivir, prestar más atención a la manera que tenemos de expresarnos o de comunicarnos con nuestros seres queridos, y así poder evitar posibles roces y/o discusiones, que tan difíciles son de gestionar cuando nuestro campo de acción se ha visto limitado a las 4 paredes que conforman nuestro hogar.

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Discutir.verbo transitivo/verbo intransitivo
1.Examinar y tratar entre [varias personas] un asunto o un tema proponiendo argumentos o razonamientos para explicarlo, solucionarlo o llegar a un acuerdo acerca de él.
2.Defender [dos o más personas] opiniones o intereses opuestos en una conversación o un diálogo.
Desde #DiariodelMediador sabemos que en un proceso de Mediación la clave está en lograr una buena comunicación entre las partes enfrentadas, casi siempre enturbiada por los problemas de entendimiento que surgen de la manera que tenemos las personas a la hora de interpretar un mensaje, es decir, entre qué decimos y qué escuchamos.

La comunicación es una vía necesaria para llegar al entendimiento entre dos o más partes enfrentadas, entre aquellas personas que tienen puntos de vista diferentes y opiniones contrarias sobre una misma cuestión. Sin embargo, en ocasiones el conflicto puede surgir de algo más simple, de una "distorsión del mensaje", ya que cuando gritamos a otra persona o le recriminamos algo, no tiene que ser por defensa de una postura antagónica ante la vida, sino por un simple malentendido.

Dentro de las múltiples teorías y enfoques que podemos encontrar a la hora de explicar los complejos procesos de la comunicación interpersonal, es quizás la Teoría de las 4 orejas de Friedemann Schulz von Thun (1981) la que nos parece más sencilla para entender como funciona. Dicho enfoque establece que en todo mensaje existen cuatro componentes diferentes que aportan información respecto al mensaje, o podríamos decirlo de otro modo, cuatro significados distintos en función de la oreja que actúe.


Podemos entender la comunicación a partir de 4 partes, u orejas en este caso:
  1. Oreja del CONTENIDO (Hechos), se entiende por el mensaje literal, a la información exacta que contiene un mensaje.
  2. Oreja de LLAMAMIENTO (Apelación), entiende la parte que deseamos transmitir con el mensaje, cómo tiene que actuar la persona que recibe el mensaje, como una demanda para este.
  3. Oreja de AUTOEXPRESIÓN (Automanifestación), aporta información sobre la persona que emite el mensaje: intereses, motivaciones, deseos o necesidades. 
  4. Oreja de RELACIÓN, atiende al tipo de relación personal entre el emisor y receptor. Desde un plano superior, igual o inferior.
Os proponemos varios ejemplos para clarificar como funciona la Teoría de las 4 Orejas:


Es habitual que el origen de un conflicto (familiar, empresa, escolar...) se encuentre en que una de las partes enfrentadas se centra en los hechos y por contra la otra en lo relacional, lo que da lugar a malos entendidos y tensiones.


A partir de este momento seguro que antes de hablar le prestaremos más atención a nuestras "orejas".

No olvidéis mencionar a #DiariodelMediador si compartís estas infografías.

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Yolanda Muñoz Pérez 
 
 
Directora de Contenidos, Redactora y Social Media en Diario del Mediador.
Coordinadora Servicio de Tutorías y Contenidos en Campus Online Universitario CEDECO.
Directora de diferentes Cursos Online Universitarios de Especialización con CEDECO y la Universidad Europea Miguel de Cervantes.
Especialista en Formación Online y Plataformas Elearning.
Licenciada en Psicología por la UAB
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miércoles, 2 de octubre de 2019

Registros AUTONÓMICOS para el Mediador/a (ACTUALIZAMOS INFORMACIÓN)


Siguiendo la idea de aclarar muchas de las dudas que como mediadores pueden surgir, #DiarioDelMediador actualiza su nueva infografía sobre los diferentes registros AUTONÓMICOS a los que podemos acceder como profesionales.

Por la experiencia que hemos acumulado en los últimos 8 años desde que se aprobó la ley en mediación, hemos podido constatar las dudas que surgen de cara al ejercicio de la profesión: dónde acudir, qué formación se solicita, dónde ejercer...

Claro está que el primer paso que SIEMPRE recomendamos es proceder a la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, que abarca TODO el territorio nacional en las especialidades reconocidas por el organismo: Mediación Civil, Mercantil, Familiar y General. El hecho de que en nuestra comunidad exista un registro en materia de familia, no nos impide inscribirnos en el nacional, no son incompatibles, es más, es muy importante que procedamos a realizar este trámite, pues hoy día la movilidad geográfica es bastante habitual a nivel laboral y nos interesa no cerrarnos puertas.

Os recomendamos pasaros por la entrada que preparamos hacer algún tiempo, que seguro os ayudará:¿CÓMO realizar la inscripción como mediador/a?

Retomando el tema, aclarar que la mayoría de Comunidades Autónomas de España cuentan con su propia normativa en materia de Mediación Familiar, por lo que los requisitos exigidos a nivel de formación para los mediadores pueden diferir mucho entre unas y otras. 

Y si a nosotros nos parece un pequeño caos, entendemos que para mucho de vosotros lo es más. Así que nos hemos puesto manos a la obra y hemos hecho una recopilación de todas las normativas autonómicas, registros en mediación familiar, formación académica y especializada solicitada por cada una de ellas. 

Repasemos una a una:


Andalucía
Legislación específica
Registro
Formación académica
  • Licenciatura, grado, diplomatura
  • Formación profesional de grado superior
  • Duración de 300 horas
  • 60 horas prácticas (no exige que sean presenciales), o su equivalente en el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS).
  • Que incluya la especialidad en Mediación Familiar
  • Formación impartida por universidades o formación homologada por éstas.

Aragón
Legislación específica
Registro
  • NO EXISTE EN LA ACTUALIDAD
  • Abogados: Registro Mediadores del Ilustre Colegio de abogados de Zaragoza REICAZ.
    • Ser colegiado con ejercicio en el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza. 
    • Tener formación específica de mediación de al menos 200 horas la cual puede ser una Titulación o cursos homologados por la Junta de Gobierno del REICAZ.
Formación académica
  • Licenciatura, grado, diplomatura
  • Formación profesional de grado superior
Formación específica
  • Las personas físicas que se cuenten con formación específica de acuerdo con lo previsto en la Ley 5/2012.

Asturias

Legislación específica
Registro
  • NO EXISTE EN LA ACTUALIDAD
Formación académica
  • Titulación universitaria en Derecho, Psicología, Pedagogía, Trabajo Social o Educación Social.
  • Tener acreditada una formación específica en materia de mediación familiar, impartida por centros docentes universitarios o por los respectivos colegios profesionales, en los términos que reglamentariamente se determinen. 
Instituto de Mediación del Principado de Asturias (IMPA):
  • Sólo se exige estar inscrito en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.

Baleares

Legislación específica
Registro
Formación académica
  • Titulación oficial universitaria o de formación profesional superior.
Formación específica
  • Duración de 300 horas.
  • 60 horas prácticas, o su equivalente en el Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos (ECTS).
  • Que incluya la especialidad en Mediación Familiar.
  • Formación en materia de mediación familiar que establezca y homologue el Gobierno de las Illes Balears mediante el desarrollo reglamentario.

Canarias

Legislación específica
Registro
Formación académica
  • Titulación universitaria en Derecho, Psicología, Trabajo Social u otras Ciencias Sociales y estar inscrito en su respectivo colegio profesional.
  • Duración de 200 horas lectivas e incluir un programa de prácticas.
  • Que incluya la especialidad en Mediación Familia.
  • Ser impartida por Colegios Profesionales, Universidades o Centros de formación superior autorizados al efecto por la Consejería competente en materia de educación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.


Cantabria
Legislación específica
Registro
  • NO EXISTE EN LA ACTUALIDAD
Formación académica
  • Titulo oficial universitario o de formación profesional superior.
  • Formación específica en ámbitos jurídicos, psicológicos y de detección de violencia de género.

Castilla la Mancha

Legislación específica
Registro
  • NO EXISTE EN LA ACTUALIDAD
Formación académica
  • NO SE ESPECIFICA
Formación específica
  • La Consejería competente en materia de familia podrá colaborar con la Universidad, los colegios profesionales y otras entidades para la organización y el desarrollo de cursos de formación especializada en materia de mediación social y familiar con el fin de asegurar la debida calidad de los servicios de mediación prestados y controlar la adecuada formación inicial y continua de los mediadores.

Castilla y León

Legislación específica
Registro
Formación académica
  • Titulación universitaria en Derecho, Psicología, Psicopedagogía, Sociología, Pedagogía, Trabajo Social, Educación Social, y en cualquier otra Licenciatura o Diplomatura de carácter social, educativo, psicológico, jurídico o sanitario.
Formación específica
  • Duración de 300 horas lectivas:
  1. Conocimientos de carácter  teórico sobre aspectos psicosociales, jurídicos y económicos de la institución familiar. Al menos de 80 horas.
  2. Conocimientos teóricos, con una metodología eminentemente práctica, sobre mediación familiar: Concepto, evolución, modelos y técnicas, estructura y etapas del proceso de mediación familiar, aspectos deontológicos de la mediación familiar, legislación sobre mediación familiar. Al menos de 130 h.
  3. Contenido práctico: Visionado de casos prácticos o realización de prácticas tuteladas (30 horas). Memoria o investigación (50 horas).
  4. Ser impartida por personas que acrediten una experiencia práctica formativa en mediación familiar y/o  personas mediadoras familiares  acreditadas.
  • Ser impartidas, organizadas o tuteladas por Instituciones Universitarias o Colegios Profesionales.

Cataluña

Legislación específica
Registro
Formación académica
  • Titulación universitaria oficial.
Formación específica


Registro
Formación académica
  • Titulo oficial universitario o de formación profesional superior.
Formación específica
  • Contar con cursos específicos impartidos por instituciones debidamente acreditadas, que serán válidos para el ejercicio de la actividad de mediación en cualquier parte del territorio nacional.
  • Se detalla haber desarrollado, al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud de habilitación para la inscripción, actividades profesionales en el campo psico-socio-familiar.

Madrid
Legislación específica
Registro
Formación académica
  • Titulación universitaria de grado superior o medio con validez en territorio español.
Formación específica
  • Acreditar las acciones formativas teórico-prácticas específicas de mediación, en los términos que reglamentariamente se determine.

Murcia
Legislación específica
  • NO. Se rige por la Ley Nacional 5/2012
Navarra
Legislación específica
Registro
  • NO EXISTE EN LA ACTUALIDAD
Formación académica
  • NO SE ESPECIFICA
Formación específica
  • NO SE ESPECIFICA

País Vasco
Legislación específica
Registro
Formación académica
  • Titulación universitaria en Derecho, Psicología, Pedagogía o Psicopedagogía o diplomatura en Trabajo Social o en Educación Social, o la titulación que en el desarrollo reglamentario de esta ley por el Gobierno Vasco se equipare a ellas por el contenido de su formación.
Formación específica
  • Duración mínima de 200 horas lectivas.
  • Incluir un programa de prácticas.
  • Ser impartida por centros docentes universitarios o colegios profesionales o por entidades que actúen por delegación de unos u otros.

Valencia

Legislación específica
Registro
Formación académica
  • Titulación universitaria oficial o de formación profesional superior con validez en territorio español.
  • Podrán ejercer la mediación otros licenciados universitarios superiores, siempre que acrediten previamente el aprovechamiento de una formación universitaria específica de postgrado, mínima de especialista.
Formación específica
  • Formación universitaria específica de postgrado en los distintos niveles de experto, especialista o máster.

Extremadura / Ceuta / Melilla / Murcia / Rioja

Actualmente no cuentan ni con Legislación específica ni con un Registro activo, por lo que se rigen únicamente por la Ley 5/2012 y lo establecido por el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación. 

Los residentes en Extremadura, Ceuta, Melilla, Murcia y Rioja, únicamente deben orientarse a formar parte de dicho registro, que repetimos abarca TODO el territorio nacional en las especialidades reconocidas de Mediación Civil, Mercantil y Familiar, y una cuarta que se olvida, General.

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A modo de resumen, os dejamos una infografía para que pueda verse de manera más gráfica toda esta información.

No olvides mencionar a #DiarioDelMediador si compartes esta información.

jueves, 19 de septiembre de 2019

𝕄𝔼𝔻𝕀𝔸𝔻𝕆ℝ 𝔽𝔸𝕄𝕀𝕃𝕀𝔸ℝ 🤝👨‍👩‍👧‍👦

Desde #DiarioDelMediador compartimos una nueva Infografía que trata de aclarar las particularidades de uno de los ámbitos más "populares" de la Mediación como es la 𝐌𝐞𝐝𝐢𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐅𝐚𝐦𝐢𝐥𝐢𝐚𝐫, y en especial, la figura profesional del 𝕄𝔼𝔻𝕀𝔸𝔻𝕆ℝ 𝔽𝔸𝕄𝕀𝕃𝕀𝔸ℝ 🤝👨‍👩‍👧‍👦


Recuerda que con nuestro 𝐂𝐮𝐫𝐬𝐨 𝐔𝐧𝐢𝐯𝐞𝐫𝐬𝐢𝐭𝐚𝐫𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐄𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐞𝐧 𝐌𝐞𝐝𝐢𝐚𝐜𝐢ó𝐧 podemos formarte y capacitarte en la materia, 𝐬𝐨𝐥𝐢𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐈𝐍𝐅𝐎 𝐬𝐢𝐧 𝐜𝐨𝐦𝐩𝐫𝐨𝐦𝐢𝐬𝐨



miércoles, 26 de septiembre de 2018

Salidas PROFESIONALES para el Mediador/a

En la entrada anterior PERFIL del Mediador/a nos centramos en crear esa especie de "retrato robot" sobre las cualidades que tiene que tener un mediador, habilidades, funciones... 

Eso está claro, pero ahora nos preguntamos ¿Cuáles son las salidas profesionales para los mediadores? ¿Por dónde empezar? ¿Dónde puedo orientarme laboralmente? Y así podríamos seguir haciéndonos preguntas hasta establecer todas las SALIDAS PROFESIONALES para los mediadores.

Esperamos que esta infografía de #DiariodelMediador os sea de utilidad, aunque las posibilidades son muchas y muy variadas.



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