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miércoles, 25 de noviembre de 2015

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viernes, 13 de noviembre de 2015

CAMPAÑA informativa sobre la mediación


Es muy importante encontrarnos con noticias de este tipo, no sólo por saber que la mediación se está acercando a la población, sino por ver como las administraciones públicas están tomando la iniciativa de darla a conocer. Esperamos que no sea únicamente una excepción, y se convierta en ejemplo.

Os dejamos la noticia.
Un millar de cordobeses reciben información sobre Mediación Familiar a través de una campaña de divulgación

Cerca de un millar de personas han recibido información directa en Córdoba sobre mediación familiar gracias a una campaña de divulgación llevada a cabo por la Junta de Andalucía, que ha contado con la presencia de asociaciones y colegios profesionales, y cuyo objetivo ha sido dar a conocer e incidir en la importancia de la Mediación Familiar como vía rápida y efectiva para la resolución de conflictos. 

La Junta ha informado de que en total se han llevado a cabo 18 sesiones informativas, una de ellas en la capital y otras 17 en diferentes municipios de la provincia, concretamente, Priego, Cabra, Puente Genil, Baena, Palma del Río, Lucena, Montilla, Hinojosa, Peñarroya-Pueblonuevo, Villaviciosa, Fernán Núñez, Aguilar de la Frontera, La Carlota, Doña Mencía, Castro, Montoro y Rute. 

La delegada territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, María Ángeles Luna, ha destacado la importancia de este tipo de campañas informativas orientada a acercar a la ciudadanía herramientas que tienen a su disposición, ha señalado que "la mediación familiar supone un ahorro de tiempo y desgaste personal de los miembros de la unidad familiar, por ello redunda en un beneficio especialmente para los menores y las personas dependientes". En este sentido, Luna ha añadido que "el acuerdo que consiguen las partes en conflicto es más satisfactorio y duradero ya que lo han diseñado ellos mismos, podríamos decir que la mediación es como un traje a medida, hecho en función de las necesidades y deseos de ambas partes".

De esta forma, mediante mesas informativas, un grupo de profesionales de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, junto con profesionales de las asociaciones de mediación, así como otras entidades colaboradores, se han desplazado a diversos municipios cordobeses y a puntos de la capital para poner en valor esta herramienta de mediación familiar. 

Asimismo, también se ha explicado el funcionamiento del nuevo Registro de Mediación Familiar de Andalucía, del que forman parte hasta el momento 186 profesionales cordobeses especializados en este ámbito. La Administración Autonómica impulsó en el año 2013, esta red de profesionales para acercar la mediación familiar a la ciudadanía y facilitar el acceso a este servicio. 

186 Profesionales encargados 

Estos 186 profesionales son, desde el pasado año, los encargados de prestar a la ciudadanía cordobesa este mecanismo alternativo de resolución de conflictos familiares bajo la coordinación de la delegación territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales. Con la creación de esta red se mejora notablemente este servicio ya que hasta ahora si una persona quería acudir a la mediación familiar debía desplazarse a la ciudad de Córdoba, mientras que actualmente ya se puede acceder a servicios de mediación en otros 19 municipios de la provincia. 

La jefa de Servicio de Prevención y Apoyo a la Familia de la delegación territorial de Igualdad Salud y Políticas Sociales de Córdoba, Mará José Barranco, ha apuntado, en relación a la campaña de difusión llevaba a cabo en la provincia, que "estas sesiones informativas nos han ayudado también a difundir la gratuidad de este recurso, siempre que se cumplan determinados requisitos". En este sentido, Barranco ha señalado "por un lado, los económicos, según los cuales la unidad familiar no debe superar una renta determinada y por otro lado, sobre el tipo de conflicto, ya que éste debe estar recogido en la normativa. Es el caso de procedimientos de nulidad matrimonial, separación y divorcio; conflictos en cuanto al derecho de alimentos y cuidado de personas en situación de dependencia; conflictos entre menores de edad con parientes hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad, tutores o guardadores". Asimismo, también están recogidos "los conflictos sobre el ejercicio de la patria potestad, tutela o curatela; conflictos derivados del régimen de visitas y comunicación de los abuelos con sus nietos; conflictos entre familia adoptante, hijo adoptado y familia biológica en la búsqueda de orígenes; conflictos entre familia acogedora, persona acogida y la familia biológica, o disolución de parejas de hecho", ha apuntado Barranco. 

Mediación familiar 

El listado de los profesionales que prestan este servicio se puede consultar en la página web de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales y ofrece garantías a la mediación en cuanto a la cualificación de los profesionales, ya que la formación específica es requisito indispensable para su inscripción en el sistema de turnos del Registro de Mediadores Familiares de la Junta de Andalucía. 

Los mediadores interesados en inscribirse deberán estar en posesión de un título oficial universitario, título de Licenciatura, Diplomatura, Grado, o de Formación Profesional Superior y acreditar una formación específica universitaria de 300 horas, de las que al menos 60 sean de carácter práctico. Asimismo podrán estar inscritas sin acceder al sistema de turnos los profesionales que, además de la titulación, tengan una formación específica de carácter educativo, social, psicológico y jurídico que puede ser no universitaria de al menos 100 horas, de las cuales 35 horas deben tener un contenido práctico.


Fuente: 20minutos 



miércoles, 28 de octubre de 2015

Mediación como técnica de JUSTICIA RESTAURATIVA: Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito


Los mediadores se encuentran con novedades respecto a la Justicia Restaurativa con la entrada en vigor de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.

Artículo 15. Servicios de justicia restaurativa. 1. Las víctimas podrán acceder a servicios de justicia restaurativa, en los términos que reglamentariamente se determinen, con la finalidad de obtener una adecuada reparación material y moral de los perjuicios derivados del delito, cuando se cumplan los siguientes requisitos:
a) el infractor haya reconocido los hechos esenciales de los que deriva su responsabilidad;
b) la víctima haya prestado su consentimiento, después de haber recibido información exhaustiva e imparcial sobre su contenido, sus posibles resultados y los procedimientos existentes para hacer efectivo su cumplimiento;
c) el infractor haya prestado su consentimiento;
d) el procedimiento de mediación no entrañe un riesgo para la seguridad de la víctima, ni exista el peligro de que su desarrollo pueda causar nuevos perjuicios materiales o morales para la víctima; y
e) no esté prohibida por la ley para el delito cometido.
2. Los debates desarrollados dentro del procedimiento de mediación serán confidenciales y no podrán ser difundidos sin el consentimiento de ambas partes. Los mediadores y otros profesionales que participen en el procedimiento de mediación, estarán sujetos a secreto profesional con relación a los hechos y manifestaciones de que hubieran tenido conocimiento en el ejercicio de su función.
3. La víctima y el infractor podrán revocar su consentimiento para participar en el procedimiento de mediación en cualquier momento.

Parece que la cosa va avanzando.


DESCARGAR Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito



Por si quieres saber algo más, os dejamos un manual de UNICEF, en el que se presenta información sobre los principales tipos de programas de justicia restaurativa, incluyendo programas de mediación delincuente-víctima.

DESCARGAR Manual sobre Programas de Justicia restaurativa UNICEF


jueves, 22 de octubre de 2015

CUENTO de Mediación Escolar "No es mi PROBLEMA"

Queremos presentar un proyecto muy interesante de FAROS Sant Joan de Déu, la plataforma digital de promoción de la salud y el bienestar infantil del Hospital Sant Joan de Déu (HSJD) de Barcelona, dirigida  a madres y padres que tienen interés en recibir información de calidad respecto la salud de sus hijos, así como a otros cuidadores y profesionales del campo de la salud y la educación.

"No es mi problema" es un cuento de Mireia Vidal, con ilustraciones de Estudio Nimau, que trata directamente el Bulling escolar, desde el punto diferente, el de los cómplices de la exclusión que se ocultan en su silencio. Un material muy interesante para hacer ver a los menores que el problema del acoso escolar que puede sufrir un compañero, tarde o temprano puede ser de todos.


"No es mi problema"


martes, 20 de octubre de 2015

¿CÓMO realizar la Inscripción de mediador, persona física (sección primera del Registro)?



En la sede electrónica del Ministerio de Justicia se informa: puede solicitar su inscripción en el registro de mediadores e instituciones de mediación por vía electrónica completando el formulario al que se accede desde esta página. para la inscripción, se le solicitará que se autentique mediante certificado electrónico. 


¿CÓMO realizar la Inscripción de mediador, persona física (sección primera del Registro)?

Debe tener en cuenta varios puntos clave para poder tramitar su acceso:

1. Ser titulado universitario o de grado superior.

2. Contar con un certificado digital o un DNI electrónico y lector de DNI. (puede solicitar su certificado digital en http://www.cert.fnmt.es/certificados)

3. Contar con un seguro de responsabilidad civil (individual o colectivo del colegio profesional)

4. Contar con formación específica: en este caso el CURSO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN MEDIACIÓN DE CEDECO Y LA URJC

Antes de iniciar la inscripción, le recomendamos lea con detenimiento el manual de usuario facilitado por el ministerio de justicia. MANUAL: REGISTRO DE MEDIADORES E INSTITUCIONES DE MEDIACIÓN MINISTERIO DE JUSTICIA MANUAL DE USUARIO

Una vez cumplimentado el formulario, el ministerio solicitará a los centros de formación la validación de datos, por lo que estos procederán a confirmar su formación ante el ministerio de justicia.


ACCESO A LA SEDE ELECTRÓNICA DEL MINISTERIO DE JUSTICIA 


Importante: indicar que al efecto CEDECO dispone del alta como entidad externa colaboradora del Ministerio de Justicia en modalidad Centro de Formación, y que el Curso Superior Universitario en Mediación ya se encuentra validado en la sede electrónica del Ministerio de Justicia de cara a la inscripción en el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación


Abierto plazo de inscripción en nuestro CURSO SUPERIOR UNIVERSITARIO EN MEDIACIÓN


Puede solicitar más información llamando al 954533768 o en nuestra página Web a través del formulario de información.

miércoles, 23 de septiembre de 2015

Litigios LABORALES y Mediación: Acuerdo entre el TSJN y el Tribunal Laboral




Gracias al acuerdo firmado entre el TSJN y el Tribunal Laboral de Navarra, los jueces de lo Social podrán derivar asuntos individuales o colectivos para que las partes negocien una solución con la ayuda de un mediador.

El acuerdo surge de la visión compartida de que en el ámbito de las relaciones laborales, junto a los conflictos y discrepancias de índole sustancialmente jurídica que resuelven en derecho jueces y tribunales, coexisten conflictos de intereses, individuales y colectivos, cuya resolución debiera venir preferentemente del acuerdo entre las partes a través de la autocomposición de sus respectivos intereses.

Litigios, individuales o colectivos susceptibles de ser derivados a procedimientos de mediación:
  • La impugnación de despidos colectivos por los representantes de los trabajadores.
  • Los procedimientos de modificación sustancial de condiciones de trabajo.
  • Los procedimientos de movilidad geográfica.
  • Los procedimientos de suspensión del contrato de trabajo y reducciones de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Los procedimientos de fijación de vacaciones y de conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
  • Cualquier otro procedimiento -individual o colectivo- que, vistas las circunstancias concurrentes, a juicio del órgano judicial que vaya a conocer del mismo, se entienda que la resolución del mismo debiera venir preferentemente del acuerdo transaccional aceptado por las partes

El procedimiento de derivación

Propuesta la derivación por el órgano judicial y aceptada ésta por todas las partes implicadas en el procedimiento, se procederá a suscribir ante el secretario judicial correspondiente, un documento de suspensión temporal del procedimiento judicial que, salvo prorroga autorizada por el órgano judicial actuante, no podrá exceder de veinte días hábiles.

El documento de suspensión contendrá también la solicitud de inicio del procedimiento de mediación ante el Tribunal Laboral de Navarra que, en el plazo de tres días hábiles, designará una ponencia de mediadores y citará a las partes para el inicio de la mediación.

El desarrollo del procedimiento de mediación se seguirá conforme a los principios de gratuidad, celeridad, audiencia a las partes, imparcialidad, igualdad y contradicción.

Una vez definidos los términos de la propuesta de mediación, la ponencia de mediadores dará traslado de su contenido a las partes, concediéndoles un plazo para decidir sobre su aceptación o no. Concluido este plazo, que no podrá exceder de la fecha límite del periodo de suspensión acordado para el procedimiento judicial, se levantará acta en la que se hará constar, según proceda, la aceptación de la propuesta reproduciendo íntegramente su contenido, o alternativamente, la falta de consenso entre las partes para su aceptación.

El resultado de la mediación, junto con la propuesta efectuada en su caso, se notificará al órgano judicial competente.

En los casos en que se logre acuerdo, el juez competente dictará auto aprobando éste y acordando el cierre de las actuaciones judiciales. En los casos de no aceptación de la propuesta de mediación, se dictará decreto dando por concluida la mediación y reanudando el procedimiento judicial, procediéndose a efectuar el señalamiento de juicio oral.

El Tribunal de Solución de Conflictos Laborales de Navarra (Tribunal Laboral de Navarra) es un organismo de solución autónoma y extrajudicial de conflictos laborales, constituido en Navarra a raíz de la firma del “Acuerdo Interprofesional sobre Procedimientos Extrajudiciales de Solución de Conflictos laborales de la Comunidad Foral de Navarra”, que desarrolló en esta materia, las previsiones del “Acuerdo Intersectorial de Navarra sobre Relaciones Laborales” del año 1995 suscrito por la Confederación de Empresarios de Navarra (CEN) y las centrales sindicales UGT y CC.OO.

Su cometido consiste en promover, facilitar y proporcionar a los empresarios y trabajadores de la Comunidad Foral de Navarra, mecanismos y prácticas de solución voluntaria de los conflictos laborales, individuales o colectivos, tanto de aplicación e interpretación de normas, como los de intereses, en cualquiera de sus modalidades legales.

Desde el inicio de sus actividades en noviembre de 1996, el Tribunal Laboral de Navarra ha tramitado, en sus sedes de Pamplona y Tudela, cuarenta y nueve mil procedimientos de conciliación, mediación y arbitraje, de los que más de un tercio, el 35,7%, se consiguieron cerrar con acuerdo. Este porcentaje se eleva hasta el 51% si se tienen en cuenta sólo las reclamaciones en las que realmente se pudieron efectuar labores de mediación, una vez deducidas las incomparecencias y los desistimientos voluntarios de las partes.


Fuente:LAWYERPRESS http://www.lawyerpress.com/news/2015_09/2309_15_009.html

jueves, 17 de septiembre de 2015

Código de Conducta para el ejercicio de la Mediación en Andalucía



En este año 2015, en el Parlamento Andalucía tuvo lugar la firma del Código de Conducta para el ejercicio de la Mediación en Andalucía, un documento consensuado por un gran número de consejos andaluces, colegios profesionales de distintos ámbitos y asociaciones de mediación, con el fin de establecer un marco mínimo y aunar esfuerzos para el impulso de la mediación en la Comunidad Autónoma de Andalucía.



lunes, 20 de julio de 2015

Importante: TURNO DE SERVICIO DE MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL




Encontramos la siguiente publicación en la web del Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental (COPAO)




TURNO DE SERVICIO DE MEDIACIÓN INTRAJUDICIAL

Ante la nueva colaboración entre el Ilustre Colegio Oficial de Psicología de Andalucía Oriental (COPAO) con los Juzgados de Granada, para regular el servicio de mediación intrajudicial, a continuación se detallan los requisitos y normas que se deben seguir para todo/a aquel/aquella colegiado/a que quiera participar en este proyecto:

Requisito:
Normas:
  • El servicio se llevará a cabo de forma gratuita desde la primera sesión informativa hasta la conclusión de todo el procedimiento.
  • Finalizada la intervención mediadora con acuerdo total, parcial o sin acuerdo, el mediador entregará al juzgado un acta del resultado, que recogerá el contenido del mismo de la forma más detallada posible e indicando si ha sido total o parcial.
  • La lista de inscripción estará abierta en el Colegio durante 15 días cada año, tanto para causar baja, como para registrarse. El resto del año será una lista cerrada y cíclica, es decir, los mediadores serán únicamente asignados por orden de inscripción. En caso de no poder asistir al caso derivado, por cualquier motivo personal o laboral, no habrá repercusión alguna y se pasará al siguiente en la lista.
  • Toda aquella persona interesada en el proceso deberá leer y aceptar el acuerdo con el Decanato. Éste le será enviado al formar parte de dicha lista.
  • Toda aquella persona inscrita en este listado deberá estar en conocimiento de la comisión de mediación del COPAO y ante cualquier duda o problema al inicio, transcurso o finalización del proceso deberá ponerse en contacto con la responsable de la misma.
  • El incumplimiento de estas normas puede conllevar la exclusión de dicho turno.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 24 de Julio de 2015



miércoles, 8 de julio de 2015

ARTICULO: ¿Es posible vivir de la mediación?



Nos gustaría compartir un artículo de Carol Pinilla García, publicado en el libo “Actualitzacions en matèria de Mediació Familiar i els Àmbits del Dret Privat” de la Universitat Autònoma de Barcelona, y que podeis encontrar en la web del Centre de Mediació de Barcelona

Hemos querido destacar algunos fragmentos:

Es posible vivir de la mediación? Por Carol Pinilla Gracia 

“A priori la respuesta primera a esta pregunta sería que vivir de la mediación está difícil…Un estudio realizado por el Departamento de Derechos de los Ciudadanos y Asuntos constitucionales del Parlamento Europeo sitúa en España, con 2000 mediaciones, muy por debajo de otros países de la UE como Alemania, Inglaterra u Holanda, donde hacen cerca de 10.000.“ 
“En el contexto de crisis y malestar social de los últimos años se ha comenzado a impulsar la mediación como una herramienta de cohesión para resolver conflictos sin pasar por el juzgado. Aún así, sigue siendo una práctica minoritaria y desconocida por algunos... Actualmente contamos con una atomizada normativa legal en relación a la mediación, tanto en cuanto a comunidades autónomas, del estado Español con la Ley 5/2012 de mediación en temas civiles y mercantiles y pasando por la misma directiva europea de 2008/52 / CE del Parlamento Europeo que recomienda a los Estados miembros la aplicación de la mediación.” 
“Hemos tomado los datos de Centro Mediación Bacelona. Un centro de mediación joven, (del año 2013) que ha apostado por vivir única y exclusivamente de la gestión de conflictos (formación e intervención)” 
“Hasta que no se utiliza la mediación, no se sabe lo que es y realmente el valor que tiene. No sabemos llegar al ciudadano, nos centramos con las ventajas de la mediación y por algún motivo no acabamos de llegar. Hay que analizar qué estamos haciendo mal. Es increíble como la gente que lo utiliza luego la recomienda. Y este será nuestro valor. Trabajar poco a poco y trabajar bien.” 
“Por supuesto hay acciones externas que nos ayudan; con el anuncio d'Ikea ​​hemos tenido una pequeña revolución dentro de los mediadores, contentos, aunque no tiene nada que ver con lo que realmente es un proceso de mediación, al menos empieza a sonar esa palabra.” 
"La mediación, es una profesión con futuro. Y lo creo de verdad. La mediación tiene futuro y nosotros tenemos parte de responsabilidad en esta etapa. Los mediadores tenemos que hacer una profesión de calidad. “




martes, 30 de junio de 2015

ENTREVISTAS con Mediadores: Antonia María García Trujillo (Mediadora Familiar, Educadora Social y Perito Judicial)



Estamos encantados de compartir buenas noticias, así que hoy os invitamos a conocer a una de las antiguas alumnas del Curso Superior Universitario en Mediación, Antonia Trujillo Mediadora Familiar, Educadora Social y Perita Judicial, que nos ha hecho llegar la entrevista que le realizaron para el periódico digital ANDALUCIAINFORMACION.ES

Dice así:
Como Educadora y Mediadora Familiar y Escolar considero necesaria la figura de nuestro perfil profesional en los centros educativos, sobre todo desde una perspectiva preventiva pero también de cara a intervenciones y formaciones tanto con alumnado, profesorado y familias. El ciberbullying es el acoso más mediático pero existen otros tipos de acoso menos visibles que requieren de tiempo y especialización. La Mediación es una herramienta potente y un vehículo necesario en los centros para que estos casos no lleguen a producirse, para mejorar las relaciones interpersonales y la convivencia entre toda la comunidad educativa. Apostemos entre todos/as por ella. 
El suicidio de una alumna que padecía una discapacidad motriz y un retraso madurativo tras ser acosada por un compañero en el IES Ciudad de Jaen de Usera, en Madrid, ha sido la punta del iceberg de una problemática que muchos estudiantes padecen en silencio y que seguirá yendo a más si no se aplican medidas correctoras. De esta manera, el traumático desenlace del caso de Arancha, no se quedará en un capítulo aislado, a menos que las administraciones apuesten por una escuela “que vaya por delante de la nuevas familias y los nuevos hábitos de la sociedad y no al revés”, adaptándose a medida que se producen extremos como el del centro madrileño.
Así lo aseguran expertos consultados por este periódico, como Antonia María García Trujillo, graduada en Educación Social y Mediadora Familiar y perita judicial, que trata a menores con problemas, y considera clave la formación toda la comunidad escolar, desde los padres, los alumnos y los profesores para que este tipo de situaciones no afloren. Para ello, la presencia de un educador social se hace imprescindible... Seguir leyendo en Andalucía Información 

Enlace con el blog de Antonia Trujillo 


viernes, 29 de mayo de 2015

50.000 VISITAS























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martes, 26 de mayo de 2015

CINE, Mediación y Bullying






Hace algunos días una noticia nos dejó helados, una menor ponía fin a su vida como resultado de una situación de acoso que vivía por parte de un compañero de su centro escolar. 

No vamos a entrar en cuestiones delicadas como la especial situación de la menor debido a la discapacidad que padecía, o la complicada situación familiar del menor acosador. 

"Estoy cansada de vivir", escribió a sus amigas en un mensaje.

El caso ya se había denunciado, el centro escolar había puesto en funcionamiento el protocolo de acoso, sin embargo, parece que no fue suficiente. Parece incomprensible que si familia, centro, Consejería de Educación de Madrid, e incluso la policía, eran conocedoras de la situación, el desenlace fuera tan trágico.

Quizás prestar más atención a la educación en valores es la mejor forma de actuar, sobre todo, al desarrollo de la empatía en los niños para evitar este tipo de situaciones, o cuanto menos contar con una herramienta útil y fiable para enfrentar este tipo de casos: la Mediación Escolar.

Muchos centros escolares tienen en funcionamiento proyectos en las aulas en los que niños aprenden desde pequeños a identificar emociones, a reconocerlas primero en sí mismos para luego ser capaces de identificarlas en los demás. Quizás trabajar con adolescentes sea algo más complicado, aunque podemos utilizar una buena herramienta, el CINE, el visionado de películas que tratan directamente la temática del bullying, y sea una vía muy interesante para este tipo de público.

El cine hace mucho tiempo a tratado esta problemática cada ves mas creciente, así que hago una recopilación de las películas que abordan el tema.


2013carrie

Carrie (2013) Secuela de “Carrie”. Rachel vive apartada de sus compañeros, y en el instituto nadie habla con ella. Pero esta joven introvertida no se aisla sin motivo: ella sabe que es diferente y quiere ocultar a toda costa eso que le hace sentir distinta: su capacidad para mover los objetos con la mente, el don secreto de la telequinesis. El amor llama a su puerta, pero las consecuencias de lo que va a descubrir serán terribles.



Precious (2009) "Precious" Jones tiene 16 años, es obesa, de raza negra, analfabeta y espera su segundo hijo de su propio padre ausente. Vive en Harlem, el reino de los invisibles, de los sin voz, con su madre, una reclusa cruel que mira la televisión sin cesar y la somete a los más denigrantes abusos. Forzada a abandonar la escuela a causa de su embarazo, Precious acaba en un instituto para casos desesperados, que sigue el sistema Each One/Teach One, donde además de aprender, los alumnos también participan en la enseñanza. Precious no sabe qué significa "alternativa", pero su instinto le dice que ésta es la oportunidad que estaba esperando. En el taller de alfabetización impartido por la paciente pero estricta Srta. Rain, Precious emprende un viaje personal que la llevará de la oscuridad, el dolor y la impotencia a la luz, el amor propio y la autodeterminación.

2008dejame_entrar

Déjame entrar (2008) Oskar es un chico de 12 años que sufre continuamente el acoso de algunos compañeros de su clase. Su deseo de tener un amigo parece hacerse realidad cuando conoce a Eli, una niña de su misma edad que acaba de mudarse a la casa de al lado. Pero Eli es una niña misteriosa: es muy seria, está muy pálida, sólo sale por las noches y aparentemente no le afectan las temperaturas heladas. Una serie de desapariciones y asesinatos inexplicables coinciden con la llegada de la chica.


Después de Lucía (2012) Tras perder a su madre Lucía, la joven Alejandra se muda junto con su padre, depresivo por la pérdida de su esposa, desde la costera Puerto Vallarta hasta la capital México D.F., intentando cambiar de vida en otro sitio lejano. En la capital ella es nueva en su colegio, donde pronto comienza a tener problemas. El padre tiene un nuevo trabajo. Pero empezar de nuevo siempre es complicado cuando se ha dejado tanto atrás.

2009bullying

Bullying (2009) Jordi es un adolescente que cambia de ciudad junto con su madre para iniciar una nueva vida. Pero el destino le reserva una cruel sorpresa, pues cuando traspasa las puertas de su nuevo instituto, cruza sin saberlo la tenebrosa frontera del mismísimo infierno. Y quien le invita a entrar en él, con una escalofriante sonrisa en los labios, es Nacho, un compañero de clase que, a pesar de su edad, pertenece ya a la raza de los que se alimentan únicamente del miedo y del dolor ajeno.

2007cobardes

Cobardes (2007) Gaby es un chaval de catorce años que tiene miedo a ir al colegio. Tal vez su temor sea a causa de Guille, un compañero de clase, que a su vez tiene miedo a defraudar a su padre. Pero los padres de Gaby y Guille también tienen miedo. Joaquín, el padre de Gaby, tiene miedo a perder su trabajo, y Merche, su madre, miedo a que su familia se desmorone. Guillermo, padre de Guille, tiene miedo del poder que le envuelve, y Magda, su madre, miedo de no conocer a su propio hijo.Y después está Silverio, el dueño de la pizzería, que no le tiene miedo a nada. Bueno… tal vez a Dios. ¿Y tú? ¿De qué tienes miedo?


jueves, 14 de mayo de 2015

Mejor por las buenas (mediaICAM)


Queremos presentaros la campaña de concienciación social MEJOR POR LAS BUENAS con el objetivo de dar a conocer la Mediación como la vía más sencilla y eficiente para la resolución pacífica de conflictos, puesta en marcha por el Colegio de Abogados de Madrid, a través de su centro mediaICAM.

El objetivo de la campaña MEJOR POR LAS BUENAS es tratar de reforzar la implantación de la Mediación como el método de resolución de conflictos más efectivo, económico y rápido con un resultado satisfactorio para ambas partes, y alejada de los tribunales. Esta campaña explica claramente el espíritu de de la mediación a la hora de gestionar disputas: la Mediación es más necesaria que nunca.

Desde un primer momento, el Colegio de Abogados de Madrid, pionero en este campo, ha apostado por este método alternativo de resolución de disputas y, en mayo de 2012, creó su Centro de Mediación, mediaICAM, donde mediadores y abogados con formación desarrollan su actividad en los diferentes ámbitos de actuación del Centro: servicios profesionales (honorarios y deontología), civil, mercantil, familia, comunitario, sanitario, laboral y seguros.

El Colegio tiene la responsabilidad de dar a conocer esta vía de Justicia participativa a la población. Fernando Bejerano, director del Centro de mediaICAM.


Para más información: www.mejorporlasbuenas.info




miércoles, 29 de abril de 2015

CRUZ ROJA + AECID: Ayuda a Nepal


Queremos abrir este post enviando todo nuestro apoyo a los familiares de los fallecidos así como los de aquellos que aún no han sido localizados, entre ellos los ciudadanos españoles.

Desde el primer momento en el que se conoció la noticia, la Oficina de Acción Humanitaria de la Cooperación Española trabaja desde en articular la respuesta de ayuda humanitaria española en coordinación con el Gobierno nepalí y las instituciones internacionales que, junto a la oficina de Acción Humanitaria de las Naciones Unidas (UN OCHA), coordinan desde el terreno la contribución humanitaria internacional para paliar de la mejor manera las consecuencias del terremoto en la población.

El Ministerio de Asuntos Exteriores ha facilitado dos direcciones de correo electrónico y dos teléfonos para las “personas afectadas o que puedan tener afectados entre sus allegados”. Los teléfonos son: (91)1141293000 y (91)9810174160. Las direcciones de correo son emb.nuevadelhi@maec.es y unidaddecrisis@maec.es.

Y como toda ayuda es poca, os facilitamos los CANALES DE CAPTACIÓN de ayuda que ha dispuesto CRUZ ROJA


CUENTAS BANCARIAS

BBVA: ES92 0182 2370 4600 1002 2227

Banco Sabadell: ES31 0081 5232 2800 0108 4716

Bankia: ES65 2038 1848 3860 0035 9544

Bankinter: ES75 0128 0100 9701 0012 1395

La Caixa: ES28 2100 0600 8502 0196 0066

Banco Popular: ES29 0075 0001 8906 0022 2267

Banco Santander: ES44 0049 0001 5321 1002 2225

Banco Cooperativo Español (Cajas rurales): ES86 0198 0500 8020 2205 3421

SMS

Envia “AYUDA” al 28092 importe íntegro del mensaje 1,2€ para Cruz Roja

Envia “AYUDA” al 38088 importe íntegro del mensaje 3,00€ para Cruz Roja

Envia “AYUDA” al 38092 importe íntegro del mensaje 6,00€ para Cruz Roja

INTERNET

 www.cruzroja.es

TELEFONO

martes, 14 de abril de 2015

NOTICIA: Catalunya introduce desde hoy la mediación en demandas hipotecarias


NOTICIA lawyerpress:

Desde el día de hoy Catalunya, con una experiencia notable en mediación familiar, apuesta por incorporar esta metodología en las ejecuciones hipotecarias. Y es que entra en vigor la Ley 20/2014, de 29 de diciembre, de modificación de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña, para la mejora de la protección de las personas consumidoras en materia de créditos y préstamos hipotecarios, vulnerabilidad económica y relaciones de consumo, que impulsará como requisito indispensable para que se acepten las demandas de ejecución hipotecaria contra viviendas habituales de personas físicas, haber acudido a mediación o a arbitraje. Si leemos el articulo 132,4 de esta nueva normativa se indica que las partes antes de interponer cualquier reclamación administrativa o demanda judicial, deberán acudir a la mediación o someterse a arbitraje. De hecho una vez transcurrido el plazo de tres meses a contar desde la notificación del acuerdo de inicio de la mediación sin haber alcanzado ese acuerdo, cualquier de las partes podrá acudir a la reclamación administrativa o a la demanda judicial. Con expertos como Abel Pie, presidente del Consell de la Abogacia Catalana, José María Fdez Seijo, magistrado del juzgado mercantil número 3 de Barcelona, Adalberto Guerrero, abogado y experto en temas hipotecarios; Rafael Ponce, juez sustituto experto en temas hipotecarios y Ana Criado, mediadora y presidenta de AMM, Asociación Madrileña de Mediadores hemos intentando aportar luz sobre esta medida que va a exigir mediadores especializados y que en función de su operatividad podrá ayudar a descargar de trabajo a los juzgado hipotecarios.

Abel Pie, abogado, presidente actual del Consell de la Abogacia Catalana, se muestra satisfecho de esta medida que entra en vigor desde el dia de hoy. Catalunya es la primera CCAA del país que hace esta valiente apuesta.

No en vano la abogacía está muy vinculada a la intermediación hipotecaria desde que Miquel Samper, decano de abogados de Terrasa ideara esta fórmula, ahora expandida por la mayor parte del territorio nacional : “ Esperemos que se puedan sentar a las partes antes del procedimiento judicial. Hablamos de un tema muy innovador al que debemos de dar un poco de tiempo para ver como evoluciona.” Desde su punto de vista muchos de los abogados que en los últimos años han hecho los cursos de mediación civil podrían ejercer como mediadores en estos procesos. “ Al estar recogido en una ley, damos por hecho la obligatoriedad de la sesión informativa, cuestión que será clave para que las partes acudan luego a mediación”, resalta. A su juicio, hubiera sido mejor cerrar el texto en mediación y no abrir también la via al arbitraje.

Para nuestro interlocutor las medidas que utilizan las entidades bancarias con sus clientes para buscar un acuerdo no pueden considerarse como mediación realmente. “ No hay la igualdad que se requiere en el propio proceso de mediación”; recuerda. Y añade que en este tipo de procedimientos gracias a la justicia gratuita “ las familias pueden tener abogados del Turno de Oficio que les expliquen cómo va a ser el proceso de mediación en su desarrollo”. En este contexto Pieseñala la necesidad de contar con buenos mediadores para que sepan manejar los tiempos de cualquier negociación. “ Hasta el momento hay mediadores sobre todo expertos en familia pero en el futuro podrán actualizar sus conocimientos en materia hipotecaria para desarrollar sus habilidades profesionales”, aclara. Serán procesos rápidos que ayudarán a lograr ese acuerdo extrajudicial. Respecto a la dación en pago, cree que habrá que ver caso a caso para poder aplicarla en estas negociaciones.

Problemas procesales para su implantación

José María Fernández Seijo, es magistrado del juzgado mercantil número 3 de Barcelona, experto en temas hipotecarios y muy crítico con la labor del legislador en esta materia. “ Es posible que haya un problema con esta norma nueva, la materia de consumidores está transferida a todas las CCAA pero las materias procesales no son competencia. Esto hace que será difícil encajar esta mediación previa al procedimiento judicial”, advierte. En este contexto nuestro interlocutor cree que todo dependerá de la voluntad de cada juez, al no haber una norma preceptiva de la ley al introducir la mediación en todos los casos “ Hay compañeros que van a seguir otros criterios pero también se sabe quela ley catalana no puede reformar la LEC, no se hará en otros supuestos” comenta. En aquellos casos en los que se pueda poner en marcha Seijo reclama un mediador especializado, al estilo de EEUU donde esta práctica sí ha funcionado. “ Hasta ahora, ninguna entidad financiera ha aceptado acudir a una mediación y sus consecuencias. No sabemos si habrá un cambio de tendencia”, comenta.

Para nuestro interlocutor es fundamental hacer una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil para que realmente el procedimiento tenga su encaje “ Hasta el momento la propia Ley de Enjuiciamiento Civil no les obliga a aceptarlo, es posible que haya recursos o incidencias procesales para evitar la mediación”, explica. De todas formas, a su juicio esta medida no ataca el problema de raíz “ la gente no paga porque no puede, no porque no lo quiera hacer. En esta mediación el deudor tiene muy poco que ofrecer; convertir un préstamo hipotecario en un arrendamiento social debe ser con la colaboración de la entidad financiera” aclara. A su juicio el cauce procesal esta habilitado pero tiene que sufrir cambios importantes “ En otros países esta figura es desconocida porque el acceso a la propiedad no es tan grande como en España. En Alemania, Francia o Italia no hay este problema porque están en régimen de alquiler”, indica. Tender a un modelo diferente, donde el alquiler sea la primera elección depende también de las medidas que el legislador ofrezca para hacerlo atractivo “ sería tener algo como el decreto Boyer de 1985 que supuso en su día un cambio de modelo. Otra medida seria concentrar los procedimientos hipotecarios, como se ha hecho en Madrid, en un único juzgado en Barcelona, eso ayudaría a unificar criterios”

Adalberto Guerrero, abogado, socio de Círculo Legal y experto en temas hipotecarios reconoce que la medida está verde y que es una forma de introducir la mediación como obligatoria: ”Está centrada en la vivienda habitual y los plazos que se dan para la mediación son algo largos. En este caso el papel del juez será desestimar la demanda si antes no se ha pasado por mediación y las partes no acreditan con el correspondiente certificado. “ Ahora la ley obligará a las entidades financieras a acudir a mediación. No se les van a admitir las demandas de ejecución hipotecaria si no acudieron antes a este método extrajudicial “ siempre en el caso de vivienda habitual, tal y como señala la nueva ley”. Para este experto en este procedimiento el arbitraje tiene poco recorrido en estos asuntos.

Con la entrada en vigor de esta normativa que fomenta la mediación en procedimientos hipotecarios hará falta que los propios mediadores se especialicen en temas mercantiles “ que sepamos explicarle a las partes lo que es el derecho a la opción de compra, el derecho de habitación o el de uso. Es el momento de mediadores especializados en estos temas”·, aclara. Sobre el impacto que estos procedimientos de mediación pueden impactar en los juzgados hipotecarios Guerrero es relativamente optimista cuando señala que son procedimientos de recorrido más corto que los procedimientos judiciales :” es posible que entre un 15 o un 20 por ciento se descolapsarán las ejecuciones hipotecarias porque se llegará a acuerdos”, advierte. Y luego señala que los propios bancos no están dando facilidades para llegar a acuerdos ingeniosos en estos asuntos. “ Con mediadores expertos sí se podría llegar a este tipo de soluciones más amistosas”, recuerda. Sobre la dación en pago, cree que solo se podrá logar en casos extremos pero nunca se generalizará como opción en los acuerdos.

Evitar ejecuciones hipotecarias

Para Rafael Ponce, juez sustituto en un juzgado de instrucción y primera instancia único, no es extraño que en Catalunya se ponga en marcha esta experiencia. Hablamos de una CCAA con experiencia en métodos extrajudiciales y que ya dispone de una Ley de Crédito al Consumo “ Ahora se trata de ir un poco más alla y tratar de evitar las ejecuciones hipotecarias. Es un sistema escalonado donde las partes pueden acudir primero a la mediacion y luego al arbitraje. Este jurista es consciente del esfuerzo que consumen las ejecuciones hipotecarias en los juzgados. El papel del juez es comprobar que se ha intentando la mediación ante esa demanda de ejecución hipotecaria”, indica. Alrededor de estos procedimientos muchos mediadores que provienen de entidades especializadas, dispuestos a poner su granito de arena para resolver estos conflictos. “ Si la mediación funciona habría que elevar a público como título ejecutivo su resolución final”, indica.

Nuestro interlocutor, experto en temas hipotecarios y posgrado civil catalán, valora mucho el trabajo de la abogacía, impulsora de las Oficinas de Intermediación Hipotecaria y que con sede en Catalunya, se han extendido por todo el territorio nacional con bastante éxito en su actividad. “ Es bueno que ambas partes se sienten a negociar y que sean flexibles en sus comportamientos. Sobre la dación en pago como elemento para solucionar el conflicto, es complicado que se generalice como solución. “ Es más lógico que se decanten por el desarrollo de códigos puente que mantenga la relación con el consumidor de alguna manera”. Otras medidas como el alquiler social o el fomento y acuerdo sobre un plan de pago aparecen también en este nuevo escenario fruto de la normativa que hoy ha empezado a ponerse en marcha en esta CCAA. “ La modificación busca que el consumidor pueda disfrutar de esta vivienda desde la negociación con la otra parte”:

Mediadores especializados

Todos los interlocutores entrevistados coinciden en señalar el papel importante del mediador en este nuevo escenario. En un tema tan emocional como son los desahucios nadie oculta que la mediación puede ayudar a descargar tensiones “ Es fundamental que la familia con problemas pueda hablar con la entidad financiera y explicarle su problema. Luego la propia entidad podrá actuar de forma personalizada en cada caso concreto”, comenta Ana Criado,mediadora y presidenta de AMM, Asociacion Madrileña de Mediadores. 

Para esta experta hablamos de procedimientos rápidos donde se podrán entender las partes y ver la fórmula de solucionar las cuestiones que surjan “ Se trata de que ambas posturas se flexibilicen alrededor del acuerdo entre ellas”, indica. Para Ana, lo fundamental es que el mediador sea especialista en esta materia “ mediadores que ya conocen las técnicas y que se especializan en esta materia en concreta”, comenta. Desde su punto de vista es una gran oportunidad para la mediación de darse a conocer “ es fundamental que se hagan bien las mediaciones y que las entidades bancarias también se comprometan a colaborar en la parte que les toca”. A su juicio sería bueno que aquellas personas que representen a las entidades financieras estén formados en mediación para que sepan de lo que se está hablando.

En esta nueva norma, se ofrece a las partes la posibilidad de acudir a arbitraje o mediación en materia de demanda hipotecaria :” Creo que lo más lógico es que primero se intente la mediacion y si no hay éxito que se acuda al arbitraje que también es un procedimiento ágil. De hecho muchas entidades de mediación ya emplean las llamadas cláusulas escalonadas, donde primer se acude a mediación y luego a arbitraje si es necesario”, subraya. En esas negociaciones surgen el plan de pagos, el alquiler social o la dación en pago, como fórmulas para arreglar el conflicto “ todo depende de la capacidad económica de cada familia y del momento que vivan en ese momento”, advierte Criado. Para esta experta es bastante posible que las refinanciaciones sean las herramientas que más se empleen junto a los periodos de carencia de pago, en función de cada situación “ Estoy convencida que a medio plazo la mediación bien hecha podrá ayudar a descongestionar los juzgados hipotecarios. De todas formas hay que ser prudente con lo que se diga ahora y nos damos seis meses para ver cómo funciona esta medida y que resultados logra”, señala.


El ICAB pone en marcha un servicio de mediación on-line

El ICAB pone en marcha un servicio de mediación on-line
 
El Centro de Mediació del Colegio de Abogados de Barcelona (CEMICAB)  pone  en marcha el servicio de mediaciones on-line. Así lo ha anunciado la diputada de la Junta de Gobierno responsable de este Centro, Mercè Claramunt, en el marco del primer Congreso de Mediación de la Abogacía, que se está llevando a cabo desde el 11 de Mayoy hasta mañana en la sede del Colegio de Abogados de Barcelona.
El nuevo servicio, accesible desde la página web del CEMICAB (www.cemicab.cat), tiene el objetivo de dotar a los abogados mediadores de este centro de una herramienta innovadora y vanguardista que permite llevar a cabo reuniones entre las partes por videoconferencia sincrónica pero con las mismas garantías de privacidad de la información y de confidencialidad que las sesiones presenciales.
Se trata de una herramienta que conlleva un ahorro de tiempo, evita gastos de desplazamiento, y rompe la barrera de las distancias y de las lenguas, evita la tensión de afrontar situaciones desconocidas, no requiere de software especial, permite interacción flexible y puede acelerar los procesos de toma de decisiones”, ha argumentado Mercè Claramunt.
La elección de la mediación on-line será una decisión de las partes y de la persona mediadora, que deberá evaluar si es adecuado o no el procedimiento para este sistema en función de las características propias de cada conflicto en concreto.
Con esta medida, el CEMICAB sigue las directivas establecidas por el Pleno del Parlamento Europeo que establece que se debe garantizar que el proceso de la mediación sea rápido, económico e imparcial en la resolución de conflictos entre las partes por bienes o servicios.
Congreso de Mediación de la Abogacía
Hoy viernes, 13 de marzo, de 9.30 a 11h, se analizará si la mediación se puede usar en todos los casos y  ámbitos del Derecho. El acto será moderado por el periodista Eduard Berraondo, director y presentador del magazin ‘L’illa de Robinson”, que desde la mesa procederá a preguntar a los asistentes si unos determinados conflictos son mediables. Los asistentes, mediante cartulinas y a mano alzada, podrán votar y después se iniciará el debate.
El Congreso, que está reuniendo a más de 250 abogados en la sede del Colegio de Abogados de Barcelona, será clausurado por Mercè Claramunt, por la magistrada de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, Maria Lourdes Arastey, y por el abogado mediador y presidente de la Comisión de Abogados y Abogadas  Mediadores del Colegio, Jordi Casajoana.

viernes, 6 de marzo de 2015

Programa piloto en Catalunya: Coordinador Parental en Divorcios CONFLICTIVOS


Hace unos días se publicó en los medios una noticia en EuropaPress muy interesante sobre un programa piloto que iba a iniciarse en Catalunya, a favor de la introducción de la figura del coordinador parental en divorcios conflictivos. Creemos que es una gran iniciativa que beneficiará tanto a los mediados como a los mediadores familiares inscritos en el Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya.

Dice así: 


Cataluña introducirá de forma piloto el coordinador parental en divorcios conflictivo

La Fundación Filia de Amparo al Menor y el Centro de Mediación en Derecho Privado, adscrito a la Conselleria de Justicia de la Generalitat catalana, pondrán en marcha una prueba piloto para introducir la figura del coordinador parental en casos de divorcio de "alta conflictividad", ha anunciado la presidenta de la fundación, Lucía del Prado, este martes en rueda de prensa.

Se trata de una iniciativa novedosa en España que adaptará el proyecto instaurado con éxito el año 2003 en Estados Unidos, y que pretende minimizar el impacto emocional de un divorcio conflictivo en los hijos y disminuir los costes judiciales y económicos asociados a este tipo de litigios y conflictos entre los padres.

El proyecto se pondrá en marcha el primer trimestre de este año con la formación de los 20 primeros coordinadores parentales que actuarán bajo la coordinación y la supervisión de los jueces, y que serán elegidos de entre los medidadores familiares que se presenten voluntariamente al proceso de selección a partir de este miércoles.

El coordinador parental es una figura de apoyo a la ejecución de la sentencia que acompañará y asistirá a los progenitores con el fin de ayudarlos a implementar su plan de parentalidad, resolver diferencias y orientarlos en relación con las necesidades de sus hijos.

Así pues, el coordinador podrá tomar decisiones que modifiquen temporalmente cuestiones de la vida cotidiana que no afecten la sentencia tales como el régimen de transporte de los menores, las visitas o sus equipamientos, ha explicado la directora del Centro de Mediación en Derecho Privado, Rosa Torre.

La prueba piloto tiene como objetivo analizar los resultados de la incorporación de esta figura para que en un futuro pueda estar presente en todos los procesos conflictivos de separación o divorcio con niños en todo el territorio español.

UNO DE CADA DIEZ DIVORCIOS ES DE ALTA CONFLICTIVIDAD

En España, se producen 300 rupturas de matrimonios al día y el 10% de los divorcios es de alta conflictividad, la mayoría de ellos relacionados con incumplimientos de custodia y del régimen de visita de los niños que a veces producen una obstaculización --uno de los progenitores no puede ver a su hijo--.

Del Prado ha considerado que las herramientas que hay no son suficientes para combatir esta situación, por eso cree necesaria la introducción de la figura del coordinador parental, que "dará luz a muchos niños".

Torre ha señalado la preocupación de la Fundación Filia, la de la Conselleria de Bienestar Social y la de los tribunales para hacer ejecutar aquello ya juzgado como una de las razones que ha empujado a adoptar la iniciativa.

UN CASO, UN COORDINADOR

También ha explicado que "lo ideal" es que cada uno de los coordinadores seleccionados se encargue de mediar en un caso que el juez decida derivar, y ha añadido que, al tratarse de una prueba piloto, no pueden abordar todas las situaciones sino sólo las de más conflictividad.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), desde 1981 se han acumulado más de 2,7 millones de rupturas que han afectado a más de 2 millones de niños

Fuente: europapress 




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