Finalizamos 2023 con una buena noticia para nuestros alumnos residentes en Cataluña, y aquellos que están inscritos en el Centre de Mediació de Calalunya, ya que el centro ha recibido una de las distinciones más prestigiosas de Europa en el ámbito de la mediación: el premio "ADR European Awards". Este galardón ha sido creado recientemente por la Comisión de Mediación de la Federación Europea de Abogados (FBE), bajo el impulso de su presidente, Carles Garcia Roqueta, abogado, mediador y diputado de la Junta de Gobierno del Colegio del 'Abogacía de Barcelona, para conocer las instituciones, los proyectos y las publicaciones más destacadas en el ámbito de la mediación y los ADR de Europa...
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viernes, 17 de noviembre de 2023
miércoles, 4 de marzo de 2020
IMPULSO de la Mediación en Cataluña
📰Últimas Noticias. Los jueces en Cataluña podrán forzar la Mediación para evitar juicios de Separaciones y Custodias. Con esta y otras iniciativas en diferentes CC. AA. confirmamos un verdadero impulso de la mediación en nuestro país👏
2018. En Catalunya se produjeron 17.705 divorcios y separaciones, de ellos 4.250 casos podrían haberse resuelto con mediación.
En el día de ayer el Consell Executiu del Departament de Justicia de Catalunya aprobó el Proyecto de ley de modificación del libro segundo del Código civil de Catalunya, con el objetivo de fomentar el uso de la mediación en conflictos familiares.2019. El Centro de Mediación de Catalunya recibió 1.358 derivaciones judiciales relacionadas con casos del ámbito de la familia.
Los puntos más importantes a destacar son 2:
- Los jueces podrán forzar una primera sesión obligatoria de mediación para las partes sean informadas sobre las ventajas de la mediación frente a la vía judicial.
- Especialmente para casos en materia de familia: custodia y tutela de los hijos, divorcios, separaciones y patria potestad.
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martes, 18 de abril de 2017
Mediación Sanitaria: cuando el conflicto se da en el ámbito hospitalario
Gracias a la Ley 5/2012, España cuenta una regulación general sobre mediación en asuntos civiles, mercantiles y familiares, que ya es bien conocida por todos. ¿Pero en esta no se hablaba de Mediación Sanitaria?...sí.
Todos tenemos claro que la mediación se ha convertido en una materia que necesita para multitud de perfiles profesionales cualificados, por lo que era de esperar que en el ámbito sanitario la mediación se ganará un hueco importante, tanto para la resolución de como para la prevención de conflictos en el ámbito sanitario. Hasta el día de hoy, las mediaciones que se han producido en nuestro país se han limitado a la práctica social a través de ciertas iniciativas públicas y privadas. No tenemos una normativa que rija su funcionamiento como ya sucede en países como Hungría o México, donde están de sobra demostradas las ventajas que supone la implantación de la mediación sanitaria para aquellos conflictos que se dan en diferentes escenarios:
- Entre profesionales de la organización sanitaria.
- Entre profesionales y la organización sanitaria.
- Entre profesionales y usuarios (responsabilidad civil, penal y administrativa). Cómo es el ámbito de los cuidados paliativos.
- Entre empresas del sector sanitario y usuarios.
- Entre empresas del sector sanitario y Administraciones de tutela.
Pero no nos hemos olvidado del todo ya que algunas de las normativas autonómicas en materia de Mediación Familiar ya se ha tratado, en mayor o menor medida, la mediación en el ámbito sanitario:
Cataluña. Ley 15/2009, de 22 de
julio, de mediación en el ámbito privado, que amplía la anterior Ley 1/2001, de 15
de marzo, de mediación familiar de Cataluña. Una norma aplicable a las relaciones jurídico-civiles que se producen en la sanidad
pública como en la privada.
“La presente ley tiene como objetivos: ampliar el alcance de la mediación a determinados conflictos del ámbito civil caracterizados por la necesidad de las partes de mantener una relación viable en el futuro, disipar cualquier duda sobre el alcance de los conflictos familiares susceptibles de mediación y, en último término, introducir determinadas mejoras sistemáticas y técnicas”.
Cantabria. Ley 1/2011, de 28 de marzo de
Mediación de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en donde se establece que
esta norma es de aplicación a las actuaciones profesionales de mediación.
“Disposición Adicional Única. La mediación como sistema de resolución extrajudicial de conflictos en el ámbito sanitario se regirá por su normativa específica, sin perjuicio de la aplicación supletoria de la presente Ley en cuanto resulte compatible con su naturaleza”.
Murcia. Se apuesta por al creación de Oficinas de Mediación Sanitaria en
el Servicio Murciano de Salud, que a efectos de la Ley 5/2012, constituirían unos Centros de Mediación, y un Código de Buenas Prácticas
de la Mediación.
Castilla La
Mancha. Ley 1/2015, de 12 de febrero, del Servicio
Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha, en la cual se
establece de forma expresa que la regulación de la mediación contenida en dicha
Ley se aplica al ámbito sanitario.
“tiene por objeto regular el Servicio Regional de Mediación Social y Familiar de Castilla-La Mancha. Se trata de un Servicio Social Especializado, dependiente de la Consejería competente en materia de familia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y cuyo régimen de funcionamiento será objeto de regulación por la norma reglamentaria que desarrolle la presente ley”
miércoles, 8 de julio de 2015
ARTICULO: ¿Es posible vivir de la mediación?
Nos gustaría compartir un artículo de Carol Pinilla García, publicado en el libo “Actualitzacions en matèria de Mediació Familiar i els Àmbits del Dret Privat” de la Universitat Autònoma de Barcelona, y que podeis encontrar en la web del Centre de Mediació de Barcelona.
Hemos querido destacar algunos fragmentos:
Es posible vivir de la mediación? Por Carol Pinilla Gracia
“A priori la respuesta primera a esta pregunta sería que vivir de la mediación está difícil…Un estudio realizado por el Departamento de Derechos de los Ciudadanos y Asuntos constitucionales del Parlamento Europeo sitúa en España, con 2000 mediaciones, muy por debajo de otros países de la UE como Alemania, Inglaterra u Holanda, donde hacen cerca de 10.000.“
“En el contexto de crisis y malestar social de los últimos años se ha comenzado a impulsar la mediación como una herramienta de cohesión para resolver conflictos sin pasar por el juzgado. Aún así, sigue siendo una práctica minoritaria y desconocida por algunos... Actualmente contamos con una atomizada normativa legal en relación a la mediación, tanto en cuanto a comunidades autónomas, del estado Español con la Ley 5/2012 de mediación en temas civiles y mercantiles y pasando por la misma directiva europea de 2008/52 / CE del Parlamento Europeo que recomienda a los Estados miembros la aplicación de la mediación.”
“Hemos tomado los datos de Centro Mediación Bacelona. Un centro de mediación joven, (del año 2013) que ha apostado por vivir única y exclusivamente de la gestión de conflictos (formación e intervención)”
“Hasta que no se utiliza la mediación, no se sabe lo que es y realmente el valor que tiene. No sabemos llegar al ciudadano, nos centramos con las ventajas de la mediación y por algún motivo no acabamos de llegar. Hay que analizar qué estamos haciendo mal. Es increíble como la gente que lo utiliza luego la recomienda. Y este será nuestro valor. Trabajar poco a poco y trabajar bien.”
“Por supuesto hay acciones externas que nos ayudan; con el anuncio d'Ikea hemos tenido una pequeña revolución dentro de los mediadores, contentos, aunque no tiene nada que ver con lo que realmente es un proceso de mediación, al menos empieza a sonar esa palabra.”
"La mediación, es una profesión con futuro. Y lo creo de verdad. La mediación tiene futuro y nosotros tenemos parte de responsabilidad en esta etapa. Los mediadores tenemos que hacer una profesión de calidad. “
viernes, 6 de marzo de 2015
Programa piloto en Catalunya: Coordinador Parental en Divorcios CONFLICTIVOS
Hace unos días se publicó en los medios una noticia en EuropaPress muy interesante sobre un programa piloto que iba a iniciarse en Catalunya, a favor de la introducción de la figura del coordinador parental en divorcios conflictivos. Creemos que es una gran iniciativa que beneficiará tanto a los mediados como a los mediadores familiares inscritos en el Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya.
Dice así:
Cataluña introducirá de forma piloto el coordinador parental en divorcios conflictivo
La Fundación Filia de Amparo al Menor y el Centro de Mediación en Derecho Privado, adscrito a la Conselleria de Justicia de la Generalitat catalana, pondrán en marcha una prueba piloto para introducir la figura del coordinador parental en casos de divorcio de "alta conflictividad", ha anunciado la presidenta de la fundación, Lucía del Prado, este martes en rueda de prensa.
Se trata de una iniciativa novedosa en España que adaptará el proyecto instaurado con éxito el año 2003 en Estados Unidos, y que pretende minimizar el impacto emocional de un divorcio conflictivo en los hijos y disminuir los costes judiciales y económicos asociados a este tipo de litigios y conflictos entre los padres.
El proyecto se pondrá en marcha el primer trimestre de este año con la formación de los 20 primeros coordinadores parentales que actuarán bajo la coordinación y la supervisión de los jueces, y que serán elegidos de entre los medidadores familiares que se presenten voluntariamente al proceso de selección a partir de este miércoles.
El coordinador parental es una figura de apoyo a la ejecución de la sentencia que acompañará y asistirá a los progenitores con el fin de ayudarlos a implementar su plan de parentalidad, resolver diferencias y orientarlos en relación con las necesidades de sus hijos.
Así pues, el coordinador podrá tomar decisiones que modifiquen temporalmente cuestiones de la vida cotidiana que no afecten la sentencia tales como el régimen de transporte de los menores, las visitas o sus equipamientos, ha explicado la directora del Centro de Mediación en Derecho Privado, Rosa Torre.
La prueba piloto tiene como objetivo analizar los resultados de la incorporación de esta figura para que en un futuro pueda estar presente en todos los procesos conflictivos de separación o divorcio con niños en todo el territorio español.
UNO DE CADA DIEZ DIVORCIOS ES DE ALTA CONFLICTIVIDAD
En España, se producen 300 rupturas de matrimonios al día y el 10% de los divorcios es de alta conflictividad, la mayoría de ellos relacionados con incumplimientos de custodia y del régimen de visita de los niños que a veces producen una obstaculización --uno de los progenitores no puede ver a su hijo--.
Del Prado ha considerado que las herramientas que hay no son suficientes para combatir esta situación, por eso cree necesaria la introducción de la figura del coordinador parental, que "dará luz a muchos niños".
Torre ha señalado la preocupación de la Fundación Filia, la de la Conselleria de Bienestar Social y la de los tribunales para hacer ejecutar aquello ya juzgado como una de las razones que ha empujado a adoptar la iniciativa.
UN CASO, UN COORDINADOR
También ha explicado que "lo ideal" es que cada uno de los coordinadores seleccionados se encargue de mediar en un caso que el juez decida derivar, y ha añadido que, al tratarse de una prueba piloto, no pueden abordar todas las situaciones sino sólo las de más conflictividad.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), desde 1981 se han acumulado más de 2,7 millones de rupturas que han afectado a más de 2 millones de niños
Fuente: europapress
lunes, 22 de septiembre de 2014
NOTICIA: Justicia y los Colegios catalanes apuestan por la mediación
Poco a poco la Mediación se va abriendo camino. Hoy nos encontramos con una gran noticia, pues Justicia y los Colegios catalanes apuestan por impulsar la mediación como sistema alternativo al procedimiento judicial.
Abogacia.es dice así:
El conseller de Justicia, Germà Gordó, ha firmado un convenio de colaboración con los decanos de los 14 Colegios de Abogados de Cataluña para el impulso de la mediación como método de resolución de conflictos civiles y familiares con el objetivo de evitar la apertura de procesos judiciales contenciosos, poner fin a los ya iniciados o reducir su alcance. El acuerdo firmado el 22 de septiembre renueva los convenios de colaboración suscritos en 2002 para la gestión de los servicios de orientación mediadora (SOM) que actúan dentro de los servicios de orientación jurídica (SOJ) de los colegios de abogados.
Desde cada uno de estos servicios SOM se informa a los ciudadanos de las ventajas de la mediación como herramienta de resolución de conflictos y, si están interesados y cumplen los requisitos, los casos se derivan al Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, que los designa el mediador más cercano de su partido judicial.
En el año 2002, se firmó el primer convenio entre Justicia y los Colegios de Abogados de Cataluña y, desde entonces, el Departamento también ha firmado varios convenios con ayuntamientos, consejos comarcales, asociaciones, fundaciones y otras instituciones.
Mediación: la primera opción para la resolución de los conflictos contenciosos
La mediación -como método de gestión de conflictos voluntario y confidencial- pretende evitar la apertura de procesos judiciales de carácter contencioso, así como poner fin a los ya iniciados o reducir el alcance de sus posibles consecuencias. En este sentido, la mediación es uno de los ejes prioritarios en las políticas que impulsan los Colegios de Abogados y Justicia.
Acudiendo a la mediación se gana en tiempo de respuesta respecto al proceso judicial, al tiempo que se reducen los costes económicos que reporta acudir al juzgado. En la mediación no hay ganadores ni perdedores, sino que las partes llegan a un acuerdo dialogado. Según los últimos datos obtenidos, las mediaciones que finalizan con un acuerdo de las dos partes ascienden a un 50%, tanto en el ámbito familiar como en el ámbito civil.
La Ley de mediación en el ámbito del derecho privado, aprobada en 2009, sustituyó la Ley de mediación familiar de Catalunya del año 2001 y reguló nuevos aspectos susceptibles de ser sometidos a la mediación familiar, incluyendo especialmente la mediación en otros ámbitos del derecho civil como instrumento para resolver los conflictos derivados de la convivencia ciudadana y social. Así, se establece la mediación para cualquier tipo de cuestión en materia de derecho privado que pueda ser objeto de un proceso judicial y en la que se haya roto la comunicación entre las partes.
La mediación en la Unión Europea
La mediación no se ha desarrollado por igual entre los países miembros. Dentro de la Unión Europea nos encontramos con estados miembros de una arraigada tradición mediadora basada esencialmente en la autorregulación, como Holanda, donde la Administración y los profesionales de la justicia son conscientes de las ventajas que la mediación ofrece. Por otra parte, el aumento de la litigiosidad en otros países con una tradición jurídica muy parecida a la nuestra, como por ejemplo Italia, ha hecho que se haya apostado fuertemente por la mediación y que ésta se convierta en obligatoria a la hora de resolver algunos tipos de conflictos.
Fuente: www.abogacia.es
miércoles, 12 de febrero de 2014
Curso Superior Universitario en Mediación RENOVACIÓN de homologación por el Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya para la EDICIÓN 2014
Comenzamos el año con una buena noticia para nuestros alumnos residentes en Cataluña, nuestro Curso Superior Universitario en Mediación ha conseguido la renovación de la homologación por el Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya, para la edición 2014,(referencia 17/2), en las tres áreas de especialización: familia, derecho privado, y parte general. Por tanto es totalmente válido de cara al acceso el Registro de Mediadores de Cataluña.
Comencem l'any amb una bona notícia pels nostres alumnes residents a Catalunya, nostre Curs Superior Universitari en Mediació ha aconseguit la renovació de l'homologació pel Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya, per a l'edició 2014, (referència 17/2),en les tres àrees d'especialització: família, dret privat, i part general. Per tant és totalment vàlid de cara l'accés al Registre de Mediadors de Catalunya.
Comencem l'any amb una bona notícia pels nostres alumnes residents a Catalunya, nostre Curs Superior Universitari en Mediació ha aconseguit la renovació de l'homologació pel Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya, per a l'edició 2014, (referència 17/2),en les tres àrees d'especialització: família, dret privat, i part general. Per tant és totalment vàlid de cara l'accés al Registre de Mediadors de Catalunya.
Puede consultar la homologación clicando aquí
Podeu consultar la homologació clicant aquí
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