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lunes, 22 de octubre de 2018

ÚLTIMA HORA: Anteproyecto de ley para la obligatoriedad de la sesión informativa en Mediación Familiar


Esta semana #DiariodelMediador trae una noticia realmente IMPORTANTE, una última hora que creemos puede ser el inicio de una revolución para los mediadores en España.

Como muchos sabréis, nuestro Curso Superior Universitario en Mediación Civil, Mercantil y Familiar está HOMOLOGADO por el Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña, acreditación que nos permite estar al día de las novedades de mano directa del organismo.


Pues bien, esta semana nos han pedido que hagamos máxima difusión, sobre la memoria preliminar del Anteproyecto de ley de modificación del libro segundo del Código civil de Cataluña.

Y diréis, y esto que interés tiene?, pues ahí vamos:

Los trámites iniciados tienen como principal objetivo establecer la obligatoriedad de la sesión informativa de mediación en determinados conflictos familiares, con el fin de potenciar el uso de la mediación y garantizar que la ciudadanía conozca la mediación como método de resolución de conflictos, conozca el procedimiento y pueda valorar su uso en aquel conflicto en concreto.

En resumen, una sesión informativa OBLIGATORIA para DIFUNDIR la Mediación. 

A  nuestro entender es el primer paso para establecer la tan ansiada CULTURA DE MEDIACIÓN. Como ya ha sucedido con anterioridad en la materia, las normativas de las CCAA son pioneras en establecer el camino de la Mediación, y en este caso, la idea de establecer la OBLIGATORIEDAD de acudir a una sesión informativa por LEY, no por decisión o valoración del magistrado, va muy en la línea de dar a conocer la Mediación y puede suponer un primer paso para establecerlo a nivel nacional, e incluir todas las especialidades.


A tal efecto, el Departamento de Justicia de Cataluña ha abierto una consulta pública previa sobre esta propuesta de modificación legislativa para que los profesionales vinculados con la mediación (jueces y magistrados, abogados, mediadores, psicólogos, trabajadores sociales, pedagogos, etc.), así como instituciones y organismos del ámbito público o privado con vinculación con la mediación y la ciudadanía en general pueda expresar su opinión.


Los aspectos principales objeto de consulta serán los relativos a conocer la mejor manera de fomentar y alentar el recurso a la mediación. Así pues, la consulta previa permitirá:
  • Conocer propuestas efectivas para fomentar la resolución amistosa de conflictos, esencialmente familiares, dentro del marco mediación, poniendo especial énfasis en la sesión informativa previa.
    Conocer las razones por las que el mecanismo de mediación en materia de familia es aún poco utilizado.
  • Conocer las razones por las que, una vez la autoridad judicial ha derivado las partes a una sesión informativa previa voluntaria en mediación, las partes no acuden.
  • Conocer los motivos por los que no se intenta la mediación antes de recurrir a los juzgados y tribunales cuando esta vía ha sido previamente pactada por las partes.
La consulta plantea 9 preguntas muy directas:
  1. ¿Cree que la obligación de acudir a la sesión informativa previa, donde se puede conocer qué es la mediación, para qué sirve y cómo funciona, puede ayudar a alentar a las partes a resolver su conflicto de forma menos litigiosa?
  2. ¿Cómo considera que se podría fomentar la mediación? ¿Qué medidas de difusión utilizaríais? Qué consideraría más efectivas?
  3. ¿Cree que los profesionales del derecho alientan suficientemente las partes a resolver sus conflictos mediante la mediación?
  4. ¿Cree que los profesionales implicados en la resolución de conflictos en el ámbito familiar conocen y difunden de forma proactiva la mediación?
  5. ¿Considera que el hecho de que se utilice de forma más preferente acudir a juicio es provocado por los propios profesionales que asesoran las partes?
  6. ¿Cree que la resolución judicial soluciona de forma efectiva el conflictos en materia de familia? Ayuda a mantener unas buenas relaciones familiares? Cómo afecta a los menores implicados?
  7. ¿Cuáles cree que son los motivos por los que no se intenta la mediación antes de recurrir a los juzgados y tribunales cuando esta vía ha sido previamente pactada por las partes?
  8. ¿Considera adecuado que en el procedimiento de mediación en materia de familia se establezca una sesión previa informativa de carácter obligatorio para las partes? Si considera que no debe ser obligatoria, tiene soluciones alternativas? ¿Cuáles cree que serán los efectos de no presentarse a la sesión
  9. ¿Considera? adecuado el cambio de denominación del Centro de Mediación de Derecho Privado de Cataluña por el de Centro de Mediación de Cataluña? Preferiría otra denominación?
La consulta estará abierta hasta el 31 de octubre.


Para participar primero deberéis registraros, es un proceso muy sencillo, no lleva más de dos minutos. Así que os animamos a participar desde le siguiente enlace:

No olvidéis citar a #DiariodelMediador si compates la noticia.




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