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jueves, 3 de noviembre de 2011

SOBRE LA MEDIACIÓN COMUNITARIA



La mediación ha sido definida como aquella negociación asistida por un tercero neutral, orientada a solucionar un conflicto entre dos o más partes, a través de facilitar la comunicación y el acuerdo, siendo la voluntad de las mismas partes la que resuelve y no la decisión de un tercero.

La mediación no reconoce límites más que los impuestos por el orden público, por lo que puede ser aplicada en diversos ámbitos, uno de los cuales es precisamente el comunitario.
La mediación comunitaria, por su parte, también tiene un amplio campo al abarcar todos aquellos conflictos interpersonales entre vecinos o familias, susceptibles de mediación. Esto incluye también los posibles conflictos entre las empresas u organizaciones y la comunidad que le rodea.
La responsabilidad social corporativa no se agota en las medidas que pueda tomar una empresa para evitar los conflictos, sino que abarca también aquellos espacios donde habiéndose generado ya los problemas, se está llamado a buscarles respuesta generando el menor perjuicio posible a la comunidad e intentando reparar al máximo el ya provocado.

Así, la mediación comunitaria, se irgue como un mecanismo idóneo para las empresas que tienen algún conflicto o incluso que desean prever uno eventual, como por ejemplo por contaminación acústica, un puente mal construido, malos olores, daño ecológico, etc.
La mediación comunitaria tiene la ventaja social de solucionar los conflictos extrajudicialmente, ahorrando esfuerzos a nuestro atareado sistema judicial, escatimando también tiempo y dinero.
Por otro lado, la mediación comunitaria promueve una mayor responsabilidad y participación de la comunidad, lo que se traduce en una contribución al fortalecimiento de los colectivos y sociales, y también en un beneficio a la empresa que, a través de una política de acuerdos, logra preservar relaciones estrechas con la comunidad

Para que una mediación comunitaria sea efectiva es necesario que se base en ciertos presupuestos:
  1. La comunidad, las empresas y quienes las dirigen, son capaces de cambiar su comportamiento.
  2. Tanto la comunidad, como las empresas representadas, prefieren ser amigables, abiertas y cooperativas.
  3. Los conflictos se agravan por una pobre comunicación, y ésta es la mejor vía para lograrlo.
  4. Siempre es ventajoso informar a la comunidad del por qué de las decisiones e involucrándola en los procesos empresariales que la impactarán.
  5. Las partes involucradas, con la ayuda necesaria, siempre estarán mejor capacitadas para resolver sus propios problemas, asegurando el éxito del acuerdo y procurando una mayor reparación que en la heterotutela.
  6. Se está más dispuesto a negociar cuando se es tratado con respeto y se considera su opinión.
  7. Existe un mayor esfuerzo por cumplir cuando el acuerdo encuentra su origen en la libre voluntad de las partes.

Camila Alvear Vargas
Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Diego Portales.
Directora del Portal RSC-Chile.

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