Una noticia noticia publicada por La Vanguardia, ha encendido las alarmas en el sector jurídico: la obligatoriedad de intentar una mediación previa en los procesos de divorcio está generando un cuello de botella sin precedentes en nuestros juzgados.
La entrada en vigor de la Ley Orgánica de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, que ha introducido el polémico y esperado requisito de procedibilidad, que es precisamente el origen de la noticia de "el embudo". Lo que sobre el papel parecía la solución definitiva para descongestionar la administración de Justicia, se está convirtiendo en un "peaje" administrativo que, lejos de agilizar, está dilatando los tiempos de espera.
Desde Diario del Mediador, con 15 años analizando la evolución de los MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias), tenemos una visión clara: la mediación es el camino, pero la "imposición sin recursos" es el obstáculo. Forzar a las parejas a sentarse en una mesa de negociación cuando el sistema no ha dotado a los juzgados de suficientes mediadores profesionales ni de infraestructuras adecuadas, es una receta para el colapso.
"La mediación nace de la voluntad; cuando se convierte en un simple trámite burocrático para poder ver a un juez, pierde su esencia transformadora."
Atribuir el colapso judicial a la mediación es un análisis simplista que confunde el síntoma con la enfermedad.
¿Por qué está fallando la implementación?
El problema no es la mediación en sí. El "embudo" mencionado no nace de la obligatoriedad de intentar un acuerdo, sino de la falta de una estructura administrativa sólida y de recursos públicos que permitan una derivación ágil y profesionalizada. Cuando la mediación se percibe como un mero trámite burocrático —una casilla que marcar antes de la demanda— y no como un espacio real de gestión de conflictos, se convierte en un obstáculo en lugar de en la solución que el sistema necesita.
Para que la mediación sea eficiente, no basta con imponerla por ley; hay que dotarla de calidad y recursos. El verdadero valor para el sistema judicial no reside en el número de sesiones informativas realizadas, sino en la capacidad de los profesionales para transformar la cultura del litigio en una de responsabilidad compartida. Un divorcio gestionado mediante el diálogo reduce drásticamente la tasa de incumplimientos y ejecuciones de sentencia posteriores, lo que supone un alivio real y sostenible para la carga de trabajo de los juzgados de familia a largo plazo.
Si los juzgados están saturados es por una excesiva judicialización de la vida privada que el sistema ya no puede absorber. La mediación obligatoria (o el requisito de procedibilidad) bien ejecutada actúa como un filtro necesario; el problema surge cuando se implementa sin la pedagogía adecuada ni el respaldo de mediadores expertos que garanticen que las partes comprenden que evitar la confrontación judicial no es una pérdida de tiempo, sino una ganancia en paz social y ahorro emocional.
Como profesionales, nos preocupa que este "embudo" genere una imagen negativa de la mediación entre la ciudadanía. El riesgo es que el usuario perciba este proceso no como una oportunidad de diálogo, sino como una barrera más que le impide acceder a la tutela judicial efectiva.
En definitiva, el debate no debe centrarse en si la mediación retrasa el proceso, sino en por qué seguimos buscando en una sentencia judicial la solución a conflictos que requieren una gestión relacional. La justicia moderna no consiste solo en dictar sentencias, sino en resolver conflictos de forma efectiva; y mientras no se invierta en una mediación de calidad, seguiremos confundiendo un puente necesario hacia el acuerdo con un muro insalvable frente al juzgado.
Y tú, ¿te enfrentas a este "embudo" en tu práctica diaria? Como mediadores con 15 años de trayectoria, queremos saber tu opinión.




No hay comentarios:
Publicar un comentario