Hasta el momento, la manera tradicional en la que padres y madres separados/divorciados tenían que llegar a un acuerdo en relación a cuestiones como la pensión de alimentos o el régimen de visitas de los hijos en común, requería en gran medida de la presencialidad de ambos en un juzgado. Sin embargo, a raíz de las nuevas dinámicas que el COVID-19 nos ha dejado, la #MediaciONLINE (mediación en línea o por medios electrónicos) ha ido ganando su lugar a fin de ofrecer una solución más rápida y segura dadas las restricciones de movilidad.
Algunos países en los que la Mediación tiene una amplia trayectoria, como es el caso de Chile, han puesto en marcha un nuevo servicio de Mediación Familiar, en este caso a través de medios electrónicos o MediaciONLINE, como una manera alternativa de resolver los conflictos, sin necesidad de llegar a un juicio ni a la presencialidad.
Pero, ¿cómo funcionaría la Mediación Familiar en Línea?
CONDICIONES para que se lleven a cabo las sesiones de MediaciONLINE:
- Que todas las partes están de acuerdo en participar (voluntariedad)
- Que todas las partes tengan acceso a Internet y a un ordenador. 🌐+💻
- Que todas las partes tengan un espacio donde se pueda participar de manera privada, sin presencia de terceras personas. (confidencialidad)
ETAPAS de un proceso de MediaciONLINE. Acorde a lo establecido por el sistema judicial chileno, el proceso debería seguir una serie de pasos.
- En primer lugar, una de las partes solicita una cita al servicio de mediación correspondiente (vía correo electrónico). En el caso de España, acorde a los registros públicos existentes, entendemos que el servicio debería gestionarse a través del Registro Nacional de Mediadores del Ministerio de Justicia, o los registros autonómicos de Mediación: Centre de Mediació de Catalunya, Registro de Mediadores Familiares de Andalucía, Registro de Mediadores Familiares de Canarias...
- El Registro de Mediación correspondiente notifica a la otra parte solicitada, quien debe manifestar que está conforme con las 3 condiciones antes mencionadas: su intención de participar voluntariamente, contar con internet y un ordenador, y tener un lugar privado para realizar la MediaciONLINE.
- En caso que todas las partes estén de acuerdo, el Mediador/a asignado por el registro les enviará un formulario de “Consentimiento Informado”, donde están descritas las condiciones de la MediaciONLINE , y que deberá ser firmado con certificado digital, y adjuntando una copia del DNI, remitido al mediador/a asignado.
- El Mediador/a indicará el día, la hora de la sesión, la plataforma de videoconferencia a utilizar para la conexión (Zoom, Google Meet, Microsoft Teams) y el link de conexión para la sesión.
- Si la Mediación no se realiza, o las partes renuncian a su participación, el Mediador/a emitirá un Acta de cierre de Mediación, alegando motivos.
- Si la Mediación se realiza, en caso de llegar a un acuerdo, el Mediador/a les solicitará firmar el acuerdo en forma presencial o utilizando certificado digital. Dicho acuerdo tiene total validez judicial.
- Todos los documentos de la causa, quedarán disponibles para ser consultados u obtener copia digital gratuita.
Teniendo en cuenta que nuestra legislación contempla la Mediación por Medios Electrónicos como un modo factible para llevar a cabo una mediación, nos ha parecido una idea realmente interesante dada la proyección que la Mediación está alcanzando en España a raíz de la aprobación del Anteproyecto de ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia, con el objetivo de impulsar la resolución de conflictos fuera de juzgados y tribunales mediante el uso de la Mediación para descargar así a la administración de Justicia, hasta el punto de hacerlo obligatorio antes de acudir a la vía judicial. Y teniendo en cuenta que tras el periodo de confinamiento por el COVID-19 las separaciones y divorcios consensuados se incrementaron en un 9,7% según datos del Consejo General del Poder Judicial, la Mediación Familiar podría encontrar en su modalidad online una interesante vía para fomentar su uso.
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¡Seguimos apostando por la Mediación se cual sea su ámbito o modo!
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Yolanda Muñoz Pérez
Directora de Contenidos, Redactora y Social Media en Diario del Mediador.
Coordinadora Servicio de Tutorías y Contenidos en Campus Online Universitario CEDECO.
Directora de diferentes Cursos Online Universitarios de Especialización con CEDECO y la Universidad Europea Miguel de Cervantes.
Especialista en Formación Online y Plataformas Elearning.
Licenciada en Psicología por la UAB
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