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jueves, 24 de enero de 2013

La situación actual de la mediación en España


La mediación es una institución al alza, con algunas cuestiones ya resueltas y otras por abordar o consolidar, algunas de carácter normativo y otras, las más importantes, las culturales.

Desde el punto de vista normativo y en el ámbito civil y mercantil, la aprobación de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, ha supuesto un avance importante al establecer en el Derecho español un régimen general para la mediación y su engarce con la Ley de Enjuiciamiento Civil. Quedan, no obstante, algunas cuestiones pendientes de resolver y que fueron remitidas a su desarrollo reglamentario. La primera y quizás principal sea el cierre de la formación específica que se exige al mediador, que establezca unos mínimos que den coherencia a lo que ya se viene haciendo y permita que los profesionales que se incorporen a esta actividad lo hagan con las debidas garantías, esto es, con un equilibrio adecuado de titulación, experiencia y formación. El Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación tendrá por misión asegurar la transparencia de todos ellos y el acceso por el ciudadano al mediador que pueda necesitar. El seguro de responsabilidad civil o la garantía equivalente también ganará en seguridad jurídica al establecer unos mínimos a la cobertura con la que necesariamente han de contar los mediadores.

Por otra parte, la Ley 5/2012 también preveía el desarrollo reglamentario de la mediación a través de medios electrónicos, en la que se establecerán las obligaciones que corresponden a los proveedores de servicios electrónicos de mediación. Y junto a ello se han de aprobar una serie de normas sobre acreditación de la identidad de las partes, justificantes de las actuaciones, plazos, consecuencias de los problemas técnicos que puedan surgir y el procedimiento simplificado para reclamaciones de cantidad inferior a 600 euros.

La aprobación de estos dos reales decretos supondrá cerrar las normas de la mediación civil y mercantil, al tiempo que abrirá paso a la regulación de este medio de solución de conflictos en otros ámbitos, entre los que destaca el penal, mientras que parece que en el ámbito administrativo su avance parece más lento.

Pero lo anterior, siendo importante, no basta para que la mediación dé el paso que todos deseamos, y que es el cultural. Sin conocer una estadística cierta y completa sobre la mediación, la impresión es que todavía el número de mediadores es muy bajo y sigue produciéndose en su mayoría en el ámbito de la familia, pero fuera de ella es casi inexistente. Es por ello urgente proponer varias actuaciones que tienen por destinatarios a los operadores jurídicos, principalmente abogados y procuradores. Y ello no porque sean los únicos mediadores, que no lo son, pero sí son los primeros en canalizar los conflictos que surgen en la sociedad. Por tanto, a los operadores jurídicos hay que incitarles a la inclusión de las cláusulas de mediación en los contratos que elaboren y negocien. Además, hay que promover la constitución de instituciones de mediación modernas, activas en la promoción de la mediación, exigentes en la elección de sus mediadores y con capacidad de organización de un sistema accesible en los distintos ámbitos en los que proceda. Tampoco puede olvidarse la labor de los mediadores que, en último término, han de dar confianza y convencer del acierto de la vía que se abre a quienes acuden a informarse.

Desde el Estado tampoco podemos creer que hemos terminado con la elaboración de la normativa antes comentada. Antes al contrario, el papel de nuestros jueces también es esencial, a ellos corresponde proponer la mediación como solución de aquellos conflictos en los que consideren que es en la negociación y en el acuerdo de las partes donde está la solución adecuada para la controversia de que se trate. A las Administraciones corresponde desarrollar aquella idea de los juzgados “multipuertas”; los ciudadanos deben encontrar información sobre la medición en las sedes de los tribunales.

En conclusión, la mediación no constituye una novedad entre nosotros y contamos con expertos que cuentan ya con más de 20 años experiencia, pero la extensión de esta alternativa sigue siendo una tarea en construcción, para la cual no hemos de escatimar esfuerzos ni dejar de sumar fuerzas.

Autor: Julio C. Fuentes Gómez, Subdirector General de Política Legislativa.
Ministerio de Justicia.


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